
Empresa drenó más de 30 hectáreas de humedal para plantar cerezos sin permiso ambiental: SMA la acusa por gravísima infracción
En 2018, la empresa Patagonia Ridge SpA comenzó a ejecutar un sistema de drenaje en el sector de La Puntilla, comuna de Chile Chico, Región de Aysén.
El objetivo era reconducir las aguas presentes en el terreno hacia el Lago General Carrera para habilitar más de 30 hectáreas destinadas al cultivo de cerezos.
Sin embargo, esas faenas se realizaron sobre un humedal reconocido en el Inventario Nacional de Humedales y ubicado dentro de la Zona de Interés Turístico “Chelenko” y del Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad Estepa Jeinimeni–Lagunas Bahía Jara, áreas que gozan de protección ambiental por su alto valor ecológico.
Las intervenciones fueron denunciadas por vecinos y organizaciones ambientales en 2020, quienes advirtieron que la canalización y el relleno del humedal estaban afectando el ecosistema del río Jeinimeni.
A partir de esas denuncias, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició una investigación y realizó varias fiscalizaciones en terreno, constatando la construcción de canales, la existencia de descargas al lago y el desarrollo de faenas agrícolas en el área.
Con base en los antecedentes reunidos y en informes de la Comisión Nacional de Riego, la SMA determinó que la empresa estaba operando un proyecto de drenaje de cuerpos naturales de agua sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que exige la ley.
Por ello, en octubre de 2021, ordenó a Patagonia Ridge SpA ingresar el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
La empresa respondió interponiendo un reclamo de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental, pero este fue rechazado, ratificando que al menos 31 hectáreas de humedal se vieron afectadas por los drenajes y cultivos.
En octubre de 2024, tras nuevas inspecciones realizadas junto a la Dirección General de Aguas, la Superintendencia verificó que la compañía no había cumplido con el requerimiento de ingreso al SEIA.
A raíz de ello, la SMA inició un procedimiento sancionatorio y formuló dos cargos en su contra: uno por ejecutar un proyecto de drenaje o desecación de humedales dentro de zonas protegidas sin autorización ambiental, calificado como infracción gravísima; y otro por incumplir la orden de ingreso al sistema, tipificado como infracción grave.
La superintendenta (s) Claudia Pastore explicó que “la evaluación ambiental cumple un objetivo muy importante previo a la operación de cualquier proyecto, para identificar y prevenir posibles riesgos ambientales. Por esta razón, los titulares deben someterse a las reglas que están establecidas en nuestro ordenamiento jurídico”.
La empresa dispone de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o 22 días para formular sus descargos, contados desde la notificación de los cargos.
En tanto, la SMA mantiene abierta la investigación sobre el impacto ambiental de las obras, mientras organizaciones y vecinos de Chile Chico siguen reclamando la recuperación del humedal Jeinimeni, afectado por las intervenciones agrícolas iniciadas hace ya varios años.