
Psiquiatra dio licencia de 30 días sin fundamentos claros y ahora deberá pagar multa de medio millón de pesos: Corte confirmó
Un médico psiquiatra de Santiago fue sancionado con una multa de 7,5 UTM ($519.487) luego de que la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) determinara que había emitido una licencia médica de 30 días sin fundamento clínico suficiente.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso se originó tras la fiscalización de una licencia otorgada en septiembre de 2022 a una paciente que ya acumulaba 186 días de reposo previo, lo que levantó alertas sobre la pertinencia del reposo adicional.
El profesional recurrió a la justicia para intentar dejar sin efecto la sanción.
A través de su abogada, alegó que la licencia fue extendida conforme a la lex artis, respaldada en antecedentes clínicos, y que la resolución sancionatoria carecía de motivación al no considerar los síntomas, la funcionalidad del paciente, la temporalidad del cuadro ni las indicaciones terapéuticas.
Solicitó que se reconociera la justificación médica del reposo o, en subsidio, que se rebajara el monto de la multa.
La Suseso, en tanto, defendió su decisión señalando que la investigación se ajustó a lo establecido en la Ley N°20.585, que regula el otorgamiento y uso de licencias médicas, y que el médico tuvo oportunidad de presentar descargos.
Explicó que la Unidad de Control de Licencias Médicas analizó los antecedentes y concluyó que la sintomatología descrita era insuficiente, de gravedad leve y sin temporalidad clara; que no se objetivó el compromiso funcional mediante escalas como GAF; que no se detalló la evolución del cuadro ni la respuesta al tratamiento; y que no había constancia de psicoterapia ni de un plan de reintegración laboral.
La Corte de Apelaciones de Santiago revisó la reclamación y concluyó que tanto la resolución inicial como la que rechazó la reposición del médico estaban debidamente fundadas.
En su fallo, el tribunal sostuvo que “los antecedentes aportados no permiten justificar el reposo”, confirmando que la licencia se emitió con “evidente ausencia de fundamento médico”.
De esta manera, la Quinta Sala de la Corte —integrada por las ministras Marisol Rojas Moya y Carolina Bustamante, además del abogado integrante Jorge Gómez— rechazó el recurso judicial y ratificó la multa de 7,5 UTM impuesta por la Superintendencia.