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Chocó contra un árbol por gravilla y aceite en calle: Municipio deberá pagarle $8,3 millones por mal estado de la vía
Agencia Uno

Chocó contra un árbol por gravilla y aceite en calle: Municipio deberá pagarle $8,3 millones por mal estado de la vía

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 24.09.2025
El Juzgado Civil de Concepción condenó a la Municipalidad de Chiguayante a pagar $8,3 millones a estudiante que chocó tras derrapar en calle Nahuelcura por gravilla y aceite sin señalización. Se rechazó el daño moral solicitado por falta de pruebas suficientes.

Un estudiante de Chiguayante relató que en marzo de 2023 perdió el control de su auto al pasar por una curva cubierta de gravilla y aceite en calle Nahuelcura, lo que lo llevó a chocar violentamente contra un árbol.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el vehículo quedó con graves daños, al punto de ser inservible.

El joven sostuvo que la causa del accidente fue la falta de mantención y supervisión de la vía por parte de la municipalidad, y que tampoco existía señalización que advirtiera del peligro.

Tras el hecho, con ayuda de vecinos pudo salir del automóvil en estado de conmoción, y posteriormente un notario constató mediante fotografías la condición de la calzada.

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El presupuesto de reparación superaba los diez millones de pesos, mientras que la tasación oficial del Servicio de Impuestos Internos fijó el valor del vehículo en poco más de ocho millones.

El 1º Juzgado Civil de Concepción tramitó el caso en rebeldía, ya que la municipalidad no contestó la demanda.

El juez Denis Rodrigo Oyarce Orrego precisó que la responsabilidad aplicable era la de falta de servicio, señalando que las municipalidades tienen el deber de mantener y supervisar el estado de las calles, además de señalizar cualquier desperfecto.

El tribunal estableció que la ausencia de señalización constituyó un incumplimiento y que el municipio debía responder.

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Sin embargo, al analizar los daños reclamados, concluyó que no se acreditó de manera suficiente el daño moral alegado, como la depresión y trauma posteriores al choque. Por ello, desestimó esa parte de la demanda.

En cambio, sí reconoció el derecho a una indemnización por daño emergente, aunque limitada al valor tasado del automóvil: $8.382.940, cifra que deberá pagar la municipalidad reajustada según el IPC hasta su cumplimiento.

El juez sostuvo que “el municipio incurrió en la falta de servicio al omitir la señalización del mal estado de la vía”, responsabilizando directamente a la administración local por las consecuencias del accidente.

La sentencia dejó a firme que no se impusieran costas, ya que la municipalidad no fue vencida totalmente en juicio.

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