
La historia de la clienta que enfrentó a su banco por deuda de un pagaré de $4,7 millones y consiguió que se declarara prescrito
En enero de 2023 se firmó un pagaré por $5.414.161, dividido en 36 cuotas. La primera vencía el 10 de marzo de ese año, pero desde la octava cuota, en octubre de 2023, comenzaron los incumplimientos.
Según se puede apreciar en el fallo judicial al que tuvo acceso El Desconcierto, el Banco Itaú Chile acudió a tribunales en mayo de 2025 para cobrar la deuda insoluta de $4.760.077, más intereses y costas, presentando una demanda ejecutiva ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto.
Solicitó despachar mandamiento de ejecución y embargo, invocando la cláusula que permitía exigir el pago total en caso de mora.
El deudor fue notificado en junio de 2025 y representado por su abogado, planteó la excepción de prescripción de la acción ejecutiva, señalando que había pasado más de un año desde la fecha de la mora (octubre de 2023) hasta la notificación de la demanda (junio de 2025).
El argumento se basó en el artículo 98 de la Ley 18.092, que fija ese plazo para las acciones cambiarias.
La jueza suplente Claudia Parga Ríos analizó el caso y observó que el propio pagaré contenía la cláusula de aceleración, lo que habilitaba al banco a cobrar el total adeudado en caso de atraso.
Sin embargo, también constató que había transcurrido más de un año sin que se notificara la demanda, lo que activó la prescripción.
El Banco Itaú se allanó a la excepción planteada por la defensa, lo que reforzó la procedencia del argumento.
El fallo dictado en septiembre de 2025 resolvió acoger la excepción de prescripción, rechazando la ejecución del pagaré.
La magistrada explicó: “se advierte del mérito de autos que entre la fecha en que se constituyó en mora el deudor el día 10 de octubre de 2023 y la fecha de notificación de la demanda el 05 de junio de 2025, transcurrió el plazo señalado en la ley para que opere la prescripción”.
Si bien el deudor quedó liberado de la ejecución, el tribunal no condenó en costas al banco, considerando que tuvo motivos plausibles para demandar y que la dificultad de notificación al ejecutado fue el factor que permitió que se cumpliera el plazo legal.
De esta manera, la causa concluyó con el rechazo de la acción ejecutiva del Banco Itaú Chile contra el deudor, quedando cada parte obligada a asumir sus propios gastos procesales.