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Cerró el paso con cadenas y cavó zanjas para impedir acceso a playa de uso turístico y de pesca: Suprema obliga a permitir ingreso
Agencia Uno (Referencial)

Cerró el paso con cadenas y cavó zanjas para impedir acceso a playa de uso turístico y de pesca: Suprema obliga a permitir ingreso

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 11.09.2025
La Corte Suprema confirmó que un particular no puede cerrar el acceso a la Playa de la Desembocadura de la Boca en Navidad, ordenando mantener libre el paso para pescadores y turistas, pues las playas son bienes nacionales de uso público.

El conflicto comenzó cuando un particular cerró con cadenas y zanjas el acceso a la Playa de la Desembocadura de la Boca, en la comuna de Navidad.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, ese camino había sido usado durante décadas por pescadores, algueros y vecinos de la zona, quienes denunciaron que además se intentaba cobrar por el paso y estacionamiento.

La situación motivó que la Municipalidad, en representación del Sindicato de Pescadores Artesanales Unión La Boca, presentara un recurso de protección, alegando que el cierre afectaba tanto el trabajo de los pescadores como el uso turístico del sector.

El propietario respondió que el acceso histórico estaba en otro lugar de la península y acusó que el alcalde había ingresado por la fuerza a sus terrenos, destruyendo portones.

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También sostuvo que el municipio no tenía legitimación para interponer el recurso.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó esa excepción y acogió la acción, señalando que el artículo 13 del Decreto Ley N° 1939 obliga a los dueños de terrenos colindantes a permitir acceso gratuito cuando no hay una vía pública fijada.

El tribunal expresó que, “al no existir un acceso fijado por la autoridad competente, cada propietario, poseedor o tenedor de predios colindantes deben dar acceso gratuito a la playa, lo que se encuentra justificado en el hecho que las playas son bienes nacionales de uso público”.

En consecuencia, ordenó al recurrido abstenerse de impedir o dificultar el ingreso a la playa de la Desembocadura de la Boca, tanto para fines turísticos como para la pesca artesanal.

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El fallo fue apelado y revisado por la Corte Suprema. La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, la ministra suplente Eliana Quezada y las abogadas integrantes María Angélica Benavides y Andrea Ruiz, confirmó íntegramente la sentencia de la Corte de Rancagua el 4 de septiembre de 2025.

De esta forma, se ratificó que las playas son bienes nacionales de uso público y que ningún particular puede restringir arbitrariamente el acceso a ellas.

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