
Mujer fue acusada en RRSS de robar $3 millones y sus hijos sufrieron burlas en el colegio: Suprema ordena borrar publicaciones
En la pequeña localidad de Liquiñe, en la comuna de Panguipulli, comenzó un conflicto que escaló hasta la Corte Suprema.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, una mujer denunció que dos vecinos publicaron en sus redes sociales mensajes ofensivos donde la acusaban falsamente de haberse apropiado de tres millones de pesos.
Según su relato, esas publicaciones, acompañadas de insultos, se difundieron en Instagram y WhatsApp, y tuvieron un fuerte impacto en su vida diaria: sus tres hijos, todos en edad escolar, fueron blanco de burlas de compañeros que les gritaban que su madre era “ladrona”.
La afectada recurrió a la justicia solicitando que se eliminaran los mensajes y que, además, se prohibiera a los involucrados volver a difundir acusaciones similares.
Los recurridos admitieron haber realizado esas publicaciones, aunque insistieron en que solo eran visibles para sus contactos y que las habían eliminado de manera voluntaria.
Aseguraron también que lo escrito era una reacción personal frente a lo que consideraban una estafa.
Pese a esos descargos, la Corte de Apelaciones de Valdivia estimó que las expresiones difundidas constituían un acto arbitrario e ilegal que dañaba la honra de la recurrente, derecho protegido en el artículo 19 N° 4 de la Constitución.
“La denostación pública no constituye una herramienta legítima para hacer frente a las situaciones esgrimidas por los recurridos, que deben resolverse mediante las acciones judiciales dispuestas para ello”, señaló el tribunal al acoger el recurso en lo principal.
El fallo de la Corte de Valdivia ordenó a los recurridos suprimir las publicaciones, pero descartó imponerles una prohibición general de expresarse en el futuro.
Argumentó que no existía constancia de que tuvieran la intención de realizar nuevas publicaciones ofensivas, por lo que no resultaba procedente una restricción genérica a su libertad de expresión.
Esa sentencia fue apelada y llegó a la Corte Suprema, que el 1 de septiembre de 2025, a través de su Tercera Sala, confirmó íntegramente lo resuelto en Valdivia.
El máximo tribunal, integrado por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jean Pierre Matus, la ministra suplente Eliana Quezada y los abogados integrantes Pía Tavolari y Raúl Fuentes, validó la conclusión de que las acusaciones difundidas en redes sociales habían vulnerado el derecho a la honra de la recurrente, pero mantuvo que no correspondía establecer una censura previa.
Con ello, quedó firme la orden de eliminación de las publicaciones, reafirmando que el resguardo de la honra tiene límites claros frente al ejercicio de la libertad de expresión.