
Lo despidieron en represalia por denunciar a empleador ante la Inspección del Trabajo: Corte ordenó pagarle casi $6 millones
En octubre de 2022, un trabajador del Hipódromo Chile decidió presentar una denuncia en la Inspección del Trabajo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, en ella relató que su salud se estaba viendo afectada por las labores que realizaba y que la empresa no había adaptado sus funciones según lo indicado por los especialistas médicos.
Esa denuncia abrió un proceso administrativo que incluyó visitas inspectivas en enero y marzo de 2023, donde se constató que la empresa no había cumplido resoluciones relacionadas con la Ley 16.744 y tampoco había evaluado correctamente los riesgos asociados a las labores encomendadas.
Un mes después de la última fiscalización, el 18 de abril de 2023, la empresa despidió al trabajador argumentando “necesidades de la empresa”.
En primera instancia, el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó su demanda de tutela laboral, aunque declaró el despido como improcedente y ordenó el pago del recargo del 30% por indemnización de años de servicio.
El trabajador recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago. Su defensa sostuvo que existían pruebas suficientes para acreditar que el despido fue una represalia por haber activado la fiscalización.
Entre esas pruebas estaba la coincidencia temporal entre el proceso administrativo y la desvinculación, los correos electrónicos en los que solicitaba readecuar sus funciones, y los informes médicos que reconocían enfermedades profesionales en ambos brazos.
La Duodécima Sala del tribunal concluyó que el fallo de primera instancia había incurrido en errores graves de valoración de la prueba, ya que ignoró indicios relevantes y liberó a la empresa de justificar adecuadamente el despido.
La Corte señaló que “la coincidencia temporal de la fiscalización con la medida cuestionada, la contradicción entre los hechos constatados por el fiscalizador y los testigos de la empresa, permiten inferir que la desvinculación fue adoptada en represalia por las denuncias del trabajador”.
Con esa base, la Corte invalidó la sentencia inicial y acogió la demanda de tutela laboral.
Determinó que el despido vulneró la garantía de indemnidad y condenó a la Sociedad Hipódromo Chile S.A. a pagar $4.424.766 por concepto de indemnización sancionatoria (seis remuneraciones), $1.106.192 por el incremento del 30% de la indemnización por años de servicio, y $214.859 por la restitución de descuentos realizados a la AFC.
Además, ordenó que la empresa comunique esta sentencia a todos sus trabajadores y que se remita copia a la Dirección del Trabajo.