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Deberá pagar al Serviu $30 millones por no vivir en departamento comprado con subsidio: Vecinos dijeron que se arrendaba
Agencia Uno (Referencial)

Deberá pagar al Serviu $30 millones por no vivir en departamento comprado con subsidio: Vecinos dijeron que se arrendaba

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 01.09.2025
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y ordenó seguir adelante con la demanda ejecutiva del Serviu de Coquimbo, que exige la devolución de un subsidio habitacional por $30,9 millones. Se acreditó que la vivienda entregada nunca fue habitada por la beneficiaria.

En marzo de 2018, una mujer de Coquimbo recibió un departamento financiado casi en su totalidad con un subsidio habitacional estatal.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el beneficio se entregó bajo la condición de habitar el inmueble junto a su familia durante al menos cinco años, tal como exige la normativa para quienes acceden al Fondo Solidario de Vivienda.

Con el paso del tiempo comenzaron las dudas sobre el cumplimiento de esta obligación. Entre 2019 y 2021, funcionarios del Serviu realizaron seis fiscalizaciones en distintas fechas y horarios.

En todas ellas constataron que la vivienda permanecía deshabitada. Los inspectores señalaron, además, que vecinos informaron que el departamento se usaba de manera esporádica para arriendos de verano o quedaba al cuidado de terceros.

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Frente a esto, el Serviu de la Región de Coquimbo interpuso una demanda ejecutiva para recuperar los recursos asignados.

La acción exigía la restitución de 945,43 UF, equivalentes a $30.937.816 al 3 de junio de 2022, más reajustes e intereses.

El Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo acogió la demanda en mayo de 2023, al considerar acreditado que la beneficiaria no cumplió con el requisito de habitar la vivienda.

La mujer apeló, alegando que sí residía allí junto a su familia y que las visitas de fiscalización se realizaron en horarios en que estaba trabajando fuera de la ciudad.

Presentó boletas de servicios, comprobantes de gastos comunes, fotografías y testigos para acreditar su versión.

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Sin embargo, tanto el tribunal de primera instancia como la Corte de Apelaciones de La Serena desestimaron sus argumentos, concluyendo que no logró probar un error en el título ejecutivo que daba sustento al cobro.

El caso llegó a la Corte Suprema, que en agosto de 2025 resolvió rechazar el recurso de casación.

El máximo tribunal confirmó que no existió error en el fallo previo y que las fiscalizaciones realizadas cumplían con los requisitos legales.

La sentencia destacó que el recurso “no fue encaminado como debió serlo” y que no se denunciaron las normas decisorias de la litis, lo que impidió revisar de fondo la controversia.

Con esta decisión, quedó firme la obligación de la demandada de restituir al Estado los más de $30,9 millones del subsidio habitacional recibido, además de los reajustes e intereses correspondientes.

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