
Engañado por falso ejecutivo perdió más de $8 millones: Suprema ordena a banco pagar $7,9 millones tras intento de reducirlo a $440 mil
El 31 de julio de 2017, un cliente del Banco de Chile recibió una llamada de una persona que se hizo pasar por ejecutivo de la entidad.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, bajo ese engaño, activó su dispositivo de seguridad digipass e informó la clave que allí aparecía.
En pocos minutos se realizaron avances y transferencias desde sus cuentas por un total de $8.190.650.
Pese a que bloqueó el dispositivo a las 14:17 horas, los movimientos continuaron, incluyendo una transferencia de $440.306 efectuada a las 14:21.
El afectado demandó al Banco de Chile por incumplimiento de su deber de seguridad, solicitando $8.190.650 por daño emergente y $7.500.000 por daño moral.
El 30° Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda, ordenando pagar $4.162.478 como indemnización por el dinero no restituido y $3.750.000 por daño moral.
El tribunal sostuvo que el banco no detectó a tiempo operaciones inusuales, incluso después del bloqueo del digipass, lo que configuraba un incumplimiento contractual.
El Banco apeló y la Corte de Apelaciones de Santiago redujo drásticamente la condena, ordenando pagar solo $440.306 por daño emergente, monto correspondiente a una de las transferencias posteriores al aviso de bloqueo, y rechazó la indemnización por daño moral.
Argumentó que el cliente había actuado negligentemente al entregar sus claves a un tercero y que esa conducta era la causa principal del fraude.
El caso llegó a la Corte Suprema, que analizó el recurso de casación en la forma. En fallo redactado por la ministra María Eugenia Sandoval y con voto en contra del abogado integrante Raúl Fuentes, la Tercera Sala concluyó que la Corte de Santiago incurrió en un vicio al eliminar fundamentos esenciales de la sentencia de primera instancia sin reemplazarlos por otros.
El máximo tribunal señaló: “Al eliminar los fundamentos de la sentencia de primer grado por medio de los cuales la jueza a quo valoró y ponderó toda la prueba rendida, dejó desprovisto al fallo recurrido de la debida fundamentación”.
La Suprema también advirtió que los jueces de alzada omitieron pronunciarse sobre hechos clave, como la continuidad de transferencias incluso después del bloqueo del digipass y la magnitud del fraude en cuestión.
Según el fallo, “resultaba imperioso que se atendiera a la integridad de los planteamientos formulados por los litigantes (…) y se desarrollaran las razones que se tuvo en cuenta para otorgarles o negarles mérito probatorio”.
Con estos fundamentos, la Corte Suprema anuló la sentencia de segunda instancia y dictó una de reemplazo, confirmando íntegramente el fallo del 30° Juzgado Civil de Santiago.
Así, el Banco de Chile fue condenado a pagar $4.162.478 por daño emergente y $3.750.000 por daño moral, ambas sumas con reajustes, intereses y costas.
El voto disidente del abogado integrante Raúl Fuentes estimó que, si bien existía el vicio alegado, este no influía en lo resuelto y que correspondía mantener la condena reducida, considerando que la negligencia del cliente al entregar sus claves justificaba limitar la responsabilidad del banco.