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Docente logra fallo histórico tras perder visión de un ojo por perdigones de Carabineros en estallido social: Le pagarán $90 millones
Agencia Uno

Docente logra fallo histórico tras perder visión de un ojo por perdigones de Carabineros en estallido social: Le pagarán $90 millones

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 08.08.2025
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó al Fisco indemnizar con $90 millones a profesor que perdió la visión de un ojo por perdigones disparados por Carabineros durante el estallido social. El tribunal acreditó uso desproporcionado de fuerza y falta de auxilio al herido.

El 29 de octubre de 2019, en pleno estallido social, un docente participaba en una manifestación en la ciudad de Valdivia cuando comenzaron las acciones represivas por parte de Carabineros.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, mientras escapaba junto a otros manifestantes de los carros lanzaaguas y lanzagases, recibió el impacto de perdigones disparados por funcionarios policiales.

No hubo enfrentamientos, ni barricadas, ni agresiones por parte del grupo donde se encontraba.

Aun así, los uniformados dispararon 33 perdigones de goma sin distinguir conductas individuales. Uno de ellos le provocó una grave lesión ocular: perdió completamente la visión del ojo derecho.

La víctima no recibió ayuda ni atención inmediata por parte de los efectivos que estaban en el lugar. El tribunal consideró este abandono como una omisión grave del deber de auxilio, sumado al uso desproporcionado de la fuerza.

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La lesión cambió radicalmente la vida del profesor: no solo sufrió un daño físico irreversible, sino que además se vio forzado a abandonar su profesión, afectando su estabilidad económica y emocional.

Frente a esta situación, la Corte de Apelaciones de Valdivia resolvió revocar el fallo de primera instancia y ordenó al Fisco pagar una indemnización de $90 millones por daño moral.

La Primera Sala –integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, María Soledad Piñeiro Fuenzalida y Rodrigo Schnettler Carvajal– concluyó que el actuar de Carabineros fue una “falta de servicio”, ya sea por acción al disparar sin discriminación, como por omisión al no auxiliar al lesionado.

En su resolución, la Corte destacó que “las balas eran disparadas al azar, a la masa de personas, sin discriminación en torno a sus conductas”, lo que demuestra que el uso de las escopetas antidisturbios no consideró ni la proporcionalidad ni el riesgo real de letalidad que estas armas implican.

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También recordó que el Estado de Chile se comprometió en 2018 ante la CIDH a regular el uso de la fuerza policial como medida de no repetición.

La sentencia final enfatiza que la víctima deberá vivir con las secuelas físicas, emocionales y profesionales de este episodio el resto de su vida, motivo por el cual el tribunal acogió la demanda de indemnización por daño moral.

El monto fijado deberá ser pagado por el Fisco, reajustado y con intereses legales desde que el fallo quede ejecutoriado.

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