
Carabinera sufrió accidente camino a matinal de TVN: Suprema confirma que canal y empresa de transporte le paguen $10 millones
La madrugada del 10 de agosto de 2017, una funcionaria de Carabineros fue recogida en su casa de Villa Alemana por un minibús encargado por Televisión Nacional de Chile (TVN).
Según se puede apreciar en el fallo judicial, había sido invitada a contar su experiencia como madre lactante en el programa “Buenos Días a Todos”.
Durante el trayecto a Santiago, el conductor que la trasladaba perdió el control del vehículo y colisionó con un camión en la Ruta 68, a la altura de Casablanca.
Producto del accidente, la mujer sufrió un traumatismo encefalocraneano con pérdida de conciencia y amnesia del evento.
Más tarde, fue diagnosticada con anosmia, pérdida total del olfato, además de secuelas psicológicas que afectaron su vida personal y laboral.
El caso llegó a tribunales en 2021, cuando la afectada demandó a TVN y a la empresa Transportes Exclusive S.A. por responsabilidad extracontractual, solicitando una indemnización de $80 millones por daño moral y $35 millones por lucro cesante.
En primera instancia, el Cuarto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda, desestimó la responsabilidad de TVN y condenó solo a Transportes Exclusive al pago de $10 millones por daño moral.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago revocó ese punto, estableciendo que TVN sí tenía responsabilidad directa y por el hecho ajeno, dado que contrató el servicio de transporte y no fiscalizó que los conductores cumplieran con sus turnos y descansos.
Según la Corte, de haber ejercido su deber de supervisión, “se habría posicionado en la eximente de responsabilidad”. Así, se condenó de forma conjunta a ambas demandadas al pago de los $10 millones.
La demandante recurrió a la Corte Suprema para exigir el pago de lucro cesante. Alegó que fue retirada de Carabineros por patologías derivadas del accidente, lo que implicó una pérdida de ingresos.
No obstante, la Primera Sala del máximo tribunal —integrada por María Angélica Repetto, Mario Carroza, Jorge Zepeda, Miguel Vázquez y Dobra Lusic— rechazó el recurso.
“El tribunal no invirtió el peso de la prueba y, antes, al contrario, lo determinó correctamente”, señaló el fallo. Y precisó que la resolución de retiro dictada por Carabineros en 2023 fundó su decisión en enfermedades que no fueron atribuibles al accidente, lo que impidió acoger el lucro cesante.
Así, se mantuvo como definitiva la condena solidaria por daño moral y se rechazó la ampliación indemnizatoria pretendida por la demandante.