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Restorán dejó deuda de $529 mil por música reproducida sin pagar derechos de autor: Corte ordena saldar monto a la SCD
Agencia Uno

Restorán dejó deuda de $529 mil por música reproducida sin pagar derechos de autor: Corte ordena saldar monto a la SCD

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 13.07.2025
La Corte de Santiago confirmó que un restaurante de Maipú incumplió contrato con la SCD desde 2018. Deberá pagar tarifas mensuales impagas, intereses, multa de 5 UTM y costas, tras no probar que el local estuvo cerrado durante el periodo reclamado.

Durante más de tres años, un restaurante ubicado en la comuna de Maipú dejó de pagar la tarifa mensual que había acordado con la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), correspondiente a la autorización para reproducir obras musicales protegidas por derechos de autor.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el contrato —firmado el 11 de mayo de 2018— establecía una tarifa inicial de $12.864 mensuales, la que debía ser pagada dentro de los diez primeros días de cada mes y que se reajustaría periódicamente de acuerdo al IPC.

Según la demanda presentada por la SCD en noviembre de 2021, la dueña del local incumplió sus obligaciones desde agosto de 2018 hasta octubre de 2021.

La entidad solicitó el pago de los montos adeudados por ese periodo —calculados en $529.919—, además de las tarifas posteriores al juicio, intereses, y una multa por infracción a la Ley Nº 17.336 de Propiedad Intelectual.

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La parte demandada compareció mediante una agente oficiosa, quien alegó que el restaurante estuvo cerrado por pandemia entre marzo de 2019 y octubre de 2021, por lo que no correspondía el cobro.

Sin embargo, esta defensa no fue ratificada formalmente ni se presentó prueba alguna que acreditara el cierre efectivo del local.

El 13º Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda en todas sus partes, estableciendo que la obligación de pago existía y que debía ser cumplida, considerando además que la demandada no demostró ninguna causal legal que justificara el no pago.

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Condenó al restaurante a pagar las tarifas adeudadas reajustadas, los intereses corrientes hasta el pago efectivo, una multa de 5 UTM, y las costas del juicio. La determinación exacta del monto fue remitida a la etapa de cumplimiento de sentencia.

La propietaria del local apeló la decisión, pero la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó de forma unánime la sentencia.

La sala —integrada por el ministro Juan Ángel Muñoz López, la ministra suplente Andrea Soler Merino y la abogada integrante Francisca Amigo Fernández— descartó error en el fallo y sostuvo que la falta de prueba sobre el cierre del local impedía acoger la defensa presentada.

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