
Carlos Müller, famoso fotógrafo de estrellas musicales, será formalizado por violación tras denuncia de Dani Ride
Este miércoles se conoció que el famoso fotógrafo musical Carlos Müller, será formalizado por el delito de violación de mayor de 14 años como autor del dicho crimen.
El caso se remonta a la denuncia hecha en el año 2020 por algunos influencer y músicos nacionales donde destacan nombres como David Montoya y Dani Ride, este último representante de Chile en el Festival de Viña 2025.
Los delitos que imputará el Ministerio Público habrían ocurrido el 1 de enero de 2015 en el domicilio de Müller, quien deberá enfrentar la audiencia de formalización el próximo lunes 28 de julio.
¿De qué acusan a Carlos Müller?
Carlos Müller se hizo famoso no sólo por retratar a los músicos internacionales más importantes que visitaron Chile para medios de comunicación, sino que además trabajó estrechamente con artistas como Los Bunkers, Francisca Valenzuela, Gepe y Santaferia, entre otros.
Todos decidieron dejar de contar con sus servicios y darle apoyo a los denunciantes cuando salieron a la luz pública estos hechos.
En el año 2020, Dani Ride publicó que “yo hasta el momento sentía que fue una experiencia consentida, mas ahora no lo sé. No sé, porque tenía la presión de estar en su casa, corresponderle, porque me estaba haciendo fotos gratis... pero no me sentí bien”.
Ese es el modus operandis que habría aplicado con otras de sus víctimas, donde abusó de su poder y fama para someterlas.
Defesa de Müller acusa vicios
Por su parte, el abogado del fotógrafo Carlos Müller, Ramón Sepúlveda, alegó en La Tercera que “nos llama la atención una audiencia de formalización luego de tanto tiempo que la causa se mantuvo detenida, este fue un caso que parte con una exposición mediática que luego quedó sin mayor avance”.
“Ahora, con la formalización conoceremos los hechos de forma precisa a fin de preparar los antecedentes de la defensa”, añadió.
De acuerdo a la legislación chilena vigente, si la víctima es mayor de 14 años, “se sanciona al que abusivamente realiza una acción sexual distinta del acceso carnal y lo haga empleando la sorpresa u otra maniobra que no suponga consentimiento de la víctima. La pena es de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a tres años)”.