La madre de un joven con un 70% de discapacidad física recibió una vivienda entregada por el Serviu en la que, según los planos originales, el baño y dormitorio del primer piso estaban adaptados para su hijo.
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Sin embargo y según se puede apreciar en el fallo judicial, al momento de la entrega, ambas dependencias se encontraban en el segundo piso, haciendo imposible su uso autónomo debido a su movilidad reducida.
Esta situación fue denunciada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, que presentó un recurso de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo de Coquimbo (Serviu), organismo que nunca finalizó las obras necesarias para adecuar la vivienda según lo comprometido.
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El caso fue resuelto por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Gloria Negroni Vera y Carlos Jorquera Peñaloza, quienes acogieron por unanimidad la acción constitucional.
El fallo calificó como arbitraria e ilegal la conducta del Serviu al no cumplir con las obras en los plazos establecidos por la Contraloría General de la República desde 2022, y que seguían inconclusas hasta la fecha.
Además, la Corte rechazó el argumento del organismo que atribuía los retrasos a terceros.
Según los jueces, la falta de cumplimiento no solo vulnera derechos básicos como la integridad física y psíquica, sino que constituye una forma de discriminación al no garantizar condiciones mínimas de accesibilidad para una persona en situación de discapacidad, tal como exige la Ley N° 20.422.
El tribunal también recalcó que las normas de urbanismo y vivienda obligan a incorporar elementos como rampas o ajustes razonables para asegurar el uso pleno de estos espacios.
El fallo ordena que el Serviu retome y finalice en un plazo de 60 días los trabajos comprometidos en el baño y dormitorio del primer piso, y que los residentes colaboren con su ejecución.
En palabras del ministro Felipe Pulgar, “la Corte estimó que este fallo devuelve dignidad a una persona que hasta ahora no ha podido habitar su hogar con los mínimos de comodidad que su condición requiere”.