
TVN acusó a periodista de no cubrir incendio y emitir programa grabado: Lo despidieron y canal le pagará $122 millones
El 13 de marzo de 2024 se produjo un incendio en el Cerro Cordillera de Valparaíso. Ese día, un trabajador de Televisión Nacional de Chile (TVN), con casi 34 años en la empresa, fue acusado de no disponer de equipos para cubrir el siniestro y de grabar el noticiero regional que debía emitirse en vivo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, estas supuestas faltas fueron usadas por la estación televisiva para despedirlo, pese a que él reaccionó y se presentó en el lugar del incendio, permaneciendo allí hasta la madrugada.
El caso llegó al Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, donde la jueza Ximena Cárcamo Zamora descartó que los hechos invocados constituyeran incumplimientos graves.
En su fallo, la magistrada subrayó que el trabajador, durante sus más de tres décadas en la estación, fue promovido sucesivamente, desde camarógrafo hasta editor regional, sin que existieran antes motivos para su desvinculación.
Sobre la supuesta demora en llegar al lugar del incendio, el tribunal consideró que TVN no tomó en cuenta las condiciones reales de acceso al cerro, afectadas por la emergencia.
“Es un hecho que esta magistrado ha experimentado y todos quienes vivimos en estas ciudades (...) el acceso a los cerros, por calles estrechas de difícil tránsito, se reserva para los vehículos de emergencia”, señaló la resolución.
También se cuestionó que TVN haya ignorado las explicaciones del trabajador, quien incluso renunció a días de permiso para asistir a una entrevista y dar su versión.
“Se ha juzgado el actuar del trabajador de una forma durísima, desestimando, no solo su carrera sino, incluso, no atendiendo sus explicaciones”, señala el fallo.
Finalmente, el tribunal determinó que el despido fue injustificado y ordenó a TVN pagar $122.080.281 al extrabajador, suma que incluye indemnización sustitutiva por falta de aviso previo ($3.146.399), indemnización por años de servicio ($66.074.379), y un recargo del 80% según el artículo 168 del Código del Trabajo ($52.859.503). A ello se sumarán intereses y reajustes legales.