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Migrante perdió carné en control policial y Registro Civil negó reimpresión por estar vencida: Corte lo consideró ilegal
Agencia Uno

Migrante perdió carné en control policial y Registro Civil negó reimpresión por estar vencida: Corte lo consideró ilegal

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 22.05.2025
La Corte de Santiago ordenó al Registro Civil reimprimir la cédula de identidad vencida y extraviada a un migrante en trámite, al establecer que, según el artículo 43 de la Ley N°21.325, el documento mantiene su vigencia mientras no finalice el proceso de residencia.

Durante un control policial, un ciudadano extranjero perdió su cédula de identidad.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, intentó obtener una reimpresión del documento, pero el Servicio de Registro Civil e Identificación se negó, argumentando que su cédula estaba vencida y que no era posible renovarla sin tener regularizada su situación migratoria.

El afectado, sin embargo, contaba con un trámite de residencia vigente en proceso ante el Servicio Nacional de Migraciones, situación que fue confirmada en el expediente por la propia autoridad migratoria.

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El caso llegó hasta la Corte de Apelaciones de Santiago, donde la Séptima Sala —integrada por los ministros José Pablo Rodríguez, Sergio Córdova y la abogada (i) Bárbara Vidaurre— acogió el recurso de protección presentado en favor del extranjero y calificó de arbitraria la negativa del Registro Civil a imprimir una nueva cédula, pese a que legalmente el documento seguía vigente.

El tribunal recordó que, según el artículo 43 de la Ley de Migración y Extranjería (Ley N°21.325), una cédula de identidad mantiene su vigencia si el extranjero acredita que cuenta con un certificado de residencia en trámite.

En este caso, ese requisito estaba cumplido, por lo que la negativa del servicio afectó su derecho a ejercer actividades cotidianas con normalidad, como identificarse ante autoridades o acceder a trámites básicos.

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En el fallo también se cita un precedente de la Corte Suprema de marzo de 2023, donde se estableció que mientras una solicitud migratoria está en curso, la cédula mantiene su validez, reconociendo que ese documento es indispensable para desenvolverse legalmente en Chile.

En consecuencia, la Corte de Apelaciones ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación realizar la reimpresión de la cédula dentro del plazo de 10 días hábiles desde que la sentencia quede firme.

Según el fallo, al no haber razones legales para impedir la entrega del documento, la actuación del servicio resultó contraria a derecho y vulneró garantías constitucionales básicas del recurrente.

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