
Falleció tras ser dado de alta sin exámenes pese a síntomas graves y Suprema ordena pagar a madre y cónyuge $125 millones
En la madrugada del 2 de enero de 2021, un hombre de 44 años llegó al servicio de urgencias del Centro Médico Antofagasta con un dolor abdominal severo que se había intensificado con el paso de las horas.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, pese a los síntomas y al evidente malestar, los médicos que lo atendieron solo administraron medicamentos para aliviar el dolor y las náuseas, como Omeprazol, Viadil y Ondansetrón, sin realizar ningún examen de laboratorio ni de imágenes. Fue dado de alta pocas horas después.
Ese mismo día, ya entrada la noche, su estado empeoró rápidamente. Regresó al centro médico y fue diagnosticado con una pancreatitis aguda grave, de tipo Balthazar E, atribuida a una complicación biliar.
A lo largo de los días siguientes, su salud se deterioró de forma crítica: pasó por la UCI, enfrentó una falla orgánica múltiple, y tras varios intentos médicos, como la colocación de un drenaje en la vesícula y tratamiento intensivo, falleció el 7 de enero.
Su madre y su esposa presentaron una demanda contra la clínica, denunciando que la negligencia en la primera atención médica —al no realizar los exámenes necesarios y darlo de alta de forma prematura— fue clave en el desenlace fatal.
Según el informe médico presentado en el fallo judicial, la falta de un diagnóstico certero en ese primer contacto permitió que el cuadro se agravara hasta volverse irreversible.
El Segundo Juzgado Civil de Antofagasta les dio la razón en un inicio, estableciendo una indemnización de $70 millones por daño moral.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Antofagasta revirtió el fallo, argumentando que no se probó que hubiera negligencia médica.
La Corte Suprema, en una decisión del 7 de mayo de 2025, acogió el recurso de casación en el fondo presentado por las demandantes y anuló el fallo de segunda instancia.
Los ministros Mario Carroza, Mauricio Silva, María Soledad Melo y Arturo Prado —aunque este último no firmó por estar con feriado legal— concluyeron que el informe médico debía valorarse como escritura pública y no fue debidamente ponderado.
Esto constituía un error de derecho que influyó directamente en la sentencia anterior.
En su fallo de reemplazo, el máximo tribunal confirmó la responsabilidad del Centro Médico Antofagasta S.A. y aumentó la indemnización por daño moral a una suma única de $125.000.000, reconociendo el fuerte impacto emocional y económico que la muerte provocó en su madre y su esposa, quien incluso se vio obligada a abandonar el país tras perder a su único vínculo en Chile.