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Una ley para los museos: ¿Cuánto más debemos esperar?
Agencia Uno

Una ley para los museos: ¿Cuánto más debemos esperar?

Por: Luis Alegría Licuime | 18.05.2025
La historia nos enseña que las leyes son reflejo de las prioridades de una sociedad. ¿Queremos que la cultura y la educación que los museos promueven sigan siendo marginales en nuestro ordenamiento jurídico? Si no se actúa ahora, se corre el riesgo de que, otra vez, los museos queden fuera del marco que debiera protegerlos.

En el contexto del Mes del Patrimonio y en esta conmemoración del Día Internacional de los Museos, persiste en Chile una debilidad estructural insoslayable: la ausencia de una ley que regule, reconozca y articule un verdadero sistema nacional de museos. A casi una década del inicio del proceso que dio origen a la Política Nacional de Museos -publicada en 2018- esta carencia, ya identificada en su diagnóstico inicial, permanece sin resolución.

El momento actual, marcado por la tramitación de una nueva Ley de Patrimonio Cultural, constituye una oportunidad clave para incorporar en la legislación un capítulo específico sobre museos, estableciendo las bases para una institucionalidad robusta, con estándares técnicos, reconocimiento legal y articulación territorial.

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A nivel internacional, organismos como UNESCO e ICOM han establecido marcos referenciales que reconocen a los museos como instituciones esenciales para el desarrollo sostenible, la protección del patrimonio, el ejercicio de los derechos culturales y la inclusión social. El nuevo concepto de museo adoptado por ICOM en 2022 define estas instituciones como actores inclusivos, accesibles, participativos, comprometidos con la investigación, la educación y el servicio a las comunidades.

La experiencia comparada ofrece insumos concretos para el caso chileno. En España, la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico establece un marco general para la protección del patrimonio, dentro del cual se incorporan los museos. A esta ley se suma el Real Decreto 620/1987, que regula el funcionamiento y estándares de los museos de titularidad estatal y articula un Sistema Español de Museos.

En el Reino Unido, el Programa de Acreditación Nacional de Museos -basado en el estándar internacional Spectrum- establece un marco técnico robusto que incluye gestión institucional, conservación, documentación, servicios educativos, préstamos y acceso a las colecciones. Este sistema abarca más de 1.800 museos y constituye un instrumento de aseguramiento de la calidad.

En América Latina: los casos de Brasil y Uruguay también son modelos valiosos que Chile puede considerar. En Brasil desde la creación en 2003 del Instituto Brasileño de Museos (IBRAM) -entidad vinculada al Ministerio de Cultura- se ha implementado una Política Nacional de Museus (PNM) que cuenta con un plan estratégico, líneas de acción y un sistema institucional formalizado. Esta política se sustenta en el marco de la Ley N° 11.904 de 2009, que establece el Estatuto de los Museos, el cual define obligaciones para su funcionamiento, políticas de acervo, planificación museológica, accesibilidad y participación comunitaria.

Otro caso, es Uruguay, que ha desarrollado un Sistema Nacional de Museos (SNM) desde 2006, coordinado por la Dirección Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura. Este sistema articula museos públicos y privados, con mecanismos de cooperación técnica y programas de formación. Regula el funcionamiento de los museos y establece criterios para su registro y clasificación, ha sido fundamental para consolidar una red articulada. Si bien aún se aspira a una ley más integral, el decreto ha permitido avanzar hacia una institucionalización gradual pero sostenida, con base jurídica.

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En Chile, la ausencia de legislación de museos impide avanzar hacia un Sistema Nacional de Museos funcional, con criterios comunes, financiamiento estable, acreditación técnica y políticas de resguardo y accesibilidad. Sin ese marco normativo, la actualización de la PNM -en curso- corre el riesgo de quedarse en lo declarativo.

La legislación cultural no puede seguir dejando a los museos en una zona gris. Avanzar en esta materia no es sólo un acto de justicia institucional, es una señal de madurez del Estado frente a su compromiso con la cultura, el patrimonio y las comunidades.

¿Por qué Chile no puede aspirar a algo similar a lo de otros países? ¿Por qué seguimos relegando a los museos al terreno de las buenas intenciones y los documentos de diagnóstico?

Si no hay consenso político para una ley, la inclusión de un capítulo específico sobre museos en la nueva Ley de Patrimonio no es un lujo, es una necesidad, o la otra vía, que al menos se establezca por disposición transitoria la elaboración obligatoria de un reglamento técnico, a cargo del Consejo Nacional de Museos, que reconozca tipologías, defina estándares mínimos, establezca criterios de acreditación y regule el financiamiento público.

La historia nos enseña que las leyes son reflejo de las prioridades de una sociedad. ¿Queremos que la cultura y la educación que los museos promueven sigan siendo marginales en nuestro ordenamiento jurídico? Si no se actúa ahora, se corre el riesgo de que, otra vez, los museos queden fuera del marco que debiera protegerlos.

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