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Estudiante torturado por la DINA en dictadura logra justicia tras 48 años: Fue denunciado por tener padre mirista

Estudiante torturado por la DINA en dictadura logra justicia tras 48 años: Fue denunciado por tener padre mirista

Por: Nicole Donoso | 29.04.2025
El estudiante de sociología fue perseguido y detenido durante la dictadura militar, recibiendo torturas por parte de agentes de la Dina. Posteriormente, fue exiliado del país. La víctima quedó con traumas psicológicos que al día de hoy interfieren en su día a día.

El Trigésimo Juzgado Civil de Santiago ordenó al Estado pagar una indemnización de $6.000.000 a Eduardo Arturo Medina Hernández, un estudiante que fue detenido y torturado por agentes de la DINA en diciembre de 1976, luego de ser acusado por su propio padre de pertenecer al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR).

En esa época, Medina era estudiante de sociología, y estuvo privado de libertad por unas horas en las que fue sometido a torturas físicas y psicológicas.

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La jueza Daniela Royer Faúndez, a cargo del caso (rol 20.253-2023), rechazó los argumentos del Estado que buscaban la prescripción del delito y la improcedencia de la indemnización, al considerar que se trata de un crimen de lesa humanidad, el cual no prescribe ni en lo penal ni en lo civil.

“Que el daño moral debe ser probado por quien lo reclama, desde que este constituye un presupuesto para el origen de la responsabilidad civil”, plantea el fallo.

El tribunal respaldó su decisión en pruebas documentales y testimoniales aportadas por la parte demandante.

Entre ellas, se incluyó un informe psicológico realizado por Carola Chávez Cárdenas, profesional del Programa PRAIS, en el que se constata que Medina sufrió por años un trastorno de estrés postraumático, cuyas secuelas aún persisten.

La víctima “(...) durante varios años presentó un trastorno por estrés post traumático, verificando actualmente la presencia de daño psicológico manifestado a través de la presencia de sintomatología post traumática cronificada, que no configura el diagnóstico de trastorno, no obstante ha interferido en su vida de manera intermitente y ha tomado diversas formas de expresión e implicancias, significando un deterioro subjetivo del potencial de desarrollo, bienestar y calidad de vida”, añade.

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El informe también destaca el impacto emocional del exilio que Medina enfrentó tras su detención, una experiencia que, pese a ciertos logros personales, le provocó sensaciones de desarraigo y frustración debido a las dificultades de adaptación en un entorno sin redes de apoyo.

“El hecho de ser expulsado del país, si bien ha significado logros y factores positivos a nivel personal y familiar, también le ha generado una sensación de desarraigo, con sentimientos inconscientes de impotencia y rabia ante la dificultad que ha revestido la adaptación a otra cultura donde en un inicio no había redes de apoyo en lo laboral, familiar y económico”.

A esto se suman los testimonios de testigos, quienes confirmaron que Medina fue víctima de persecución política por parte del Estado durante su etapa universitaria, lo que culminó con su salida forzada del país.

La víctima, “fue objeto de persecución política por parte del Estado mientras era estudiante universitario, situación que derivó en su exilio”.

La sentencia concluyó que los daños psicológicos derivados de la detención y persecución fueron suficientemente acreditados, justificando así el monto de la compensación fijada.

“Que, conforme al informe psicológico y las declaraciones de los testigos, es posible dar por acreditado que don Eduardo Arturo Medina Hernández presenta lesiones sicológicas producto de la detención y persecución política que sufrió a temprana edad”, releva.

Por lo tanto, según el daño moral y las secuelas psicológicas “y la reparación pecuniaria ya recibida por parte del Estado, este será estimado en la suma de $6.000.000 (seis millones de pesos)”, concluye.

Finalmente, el fallo establece que el monto deberá reajustarse según el IPC y devengará intereses desde que el fisco incurra en mora.

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