
La extracción ilegal de agua de Andrónico Luksic en zona de escasez hídrica
En abril de este año, la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar un recurso de casación interpuesto por la empresa Agrícola El Cerrito S.A., perteneciente al conglomerado empresarial del magnate Andrónico Luksic, con el cual se intentaba anular una sanción impuesta, en 2022, por la Dirección General de Aguas (DGA).
La multa, que asciende a más de $60 millones (1.050,9 UTM), fue aplicada tras comprobarse que la mencionada sociedad había incurrido en la extracción no autorizada de aguas desde el Estero Derecho, en la Región de Coquimbo, una zona declarada de escasez hídrica desde 2020 por el Ministerio de Obras Públicas.
El máximo tribunal del país, en una decisión categórica, respaldó el fallo previo de la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando que esta “aplicó correctamente la ley” en la ponderación de los antecedentes técnicos y jurídicos del caso.
La empresa, claro está, en 2024 había recurrido ante el tribunal de alzada de Santiago (Corte de Apelaciones), para evitar la multa. En respuesta, ese tribunal rechazó el recurso y estableció que: “no hay discusión que la Agrícola El Cerrito S.A., ejecutó una extracción no autorizada de aguas superficiales desde el estero Derecho, perteneciente a la cuenca del río Elqui declarada agotada y, además, declarada zona de escasez hídrica por el Ministerio de Obras Públicas en julio de 2020, lo que evidentemente agrava la infracción” (CIPER, 2025).
La ilegalidad en cuestión no es menor ni un mero “error administrativo”. Se trata de la operación clandestina de una bomba extractora de agua, instalada sin permisos por parte de una de las empresas controladas por uno de los hombres más poderosos de Chile.
La denuncia inicial fue realizada por agricultores de la zona, quienes vieron en peligro su derecho al agua -un recurso vital, escaso y sobreexplotado- debido a las prácticas extractivistas de una empresa que, amparada en su poder económico y redes de influencia, operó por años con impunidad.
Fue gracias a una investigación periodística del medio CIPER, publicada en 2021, que la situación salió a la luz y obligó a la DGA a iniciar una fiscalización que culminó con la sanción económica mencionada.
Resulta particularmente revelador -y preocupante- que, tras haber reconocido públicamente la falta y retirado la bomba tras la denuncia mediática, el propio Andrónico Luksic intentara revertir la sanción mediante una cadena de recursos judiciales. En una declaración en la red social X (exTwitter), Luksic afirmó que si su empresa había incurrido en una falta grave, “debía ser sancionada con toda la fuerza de la ley”.
Sin embargo, sus acciones posteriores contradicen esta supuesta postura ética. Lejos de asumir las consecuencias legales con dignidad, su holding empresarial desplegó una estrategia litigante orientada a diluir su responsabilidad y revertir la multa, lo que no puede interpretarse sino como un intento más del empresariado chileno por neutralizar la acción de los órganos del Estado mediante el uso instrumental del poder judicial.
La actitud de Luksic y su empresa revela, además, una profunda desconexión con la realidad social y ambiental del país. Mientras miles de agricultores medianos y pequeños enfrentan restricciones severas al uso del agua, y comunidades enteras deben racionar el consumo de este recurso, una empresa del holding Luksic violaba flagrantemente la normativa, extrayendo agua desde un estero que alimenta la cuenca del río Elqui -declarada agotada- en una región que ha sido históricamente golpeada por la sequía.
Este caso ilustra con crudeza cómo el poder económico ha pretendido, sistemáticamente, subvertir los principios básicos del Estado de Derecho en favor de sus intereses. No es casual que haya sido necesaria la intervención del periodismo de investigación para activar los mecanismos de fiscalización del Estado, ni que el mayor empresario del país intentara blindarse de las consecuencias mediante recursos judiciales sucesivos.
Afortunadamente, en esta ocasión, las instituciones funcionaron y la Corte Suprema dejó sin efecto el intento de evasión legal, reafirmando la vigencia del principio de igualdad ante la ley.
No obstante, este episodio deja una inquietud mayor: ¿cuántos casos similares permanecen invisibilizados por la ausencia de vigilancia mediática? ¿Cuántas extracciones ilegales o prácticas abusivas se mantienen operando, amparadas por el silencio cómplice del poder y la debilidad regulatoria?
La actitud de Luksic en este caso no solo es reprochable desde el punto de vista jurídico, sino éticamente inaceptable. Habla de un patrón de conducta empresarial que prioriza la maximización de utilidades por sobre la legalidad, el bienestar colectivo y la sustentabilidad ambiental.
Este caso debe ser recordado no como una anécdota jurídica, sino como una advertencia: cuando el empresariado más poderoso del país incurre en prácticas ilegales y luego intenta evadir sus consecuencias mediante litigios, el Estado siempre debe responder con firmeza y sin contemplaciones.