
La historia de 6 universitarios que accedieron a coima de compañera para rebajar sus deudas: Suspendidos por Suprema
Durante el segundo semestre de 2023, seis estudiantes de quinto año de Química y Farmacia de la Universidad Andrés Bello fueron contactados por una compañera, quien les ofreció un supuesto beneficio para rebajar sus deudas de aranceles.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, para acceder al “ofertón”, como ella misma lo describió por WhatsApp, les pidió transferencias a cuentas personales y también las claves de acceso al portal de pagos de la universidad.
La operación no se hizo a través de los canales formales de la institución, no hubo boletas ni comprobantes, y los pagos terminaron siendo registrados en el sistema con valores alterados.
Todo quedó al descubierto cuando una denuncia anónima permitió detectar que el sistema informático de pagos de la UNAB había sido vulnerado.
La investigación interna reveló que un grupo de alumnos, incluidos los seis que luego serían sancionados, había sido beneficiado por esta adulteración.
El 3 de enero de 2024 se inició un sumario contra catorce estudiantes, y en febrero se les sancionó con dos semestres de suspensión.
Luego, en una segunda instancia, el castigo fue rebajado a un semestre al considerar la colaboración de los alumnos y su buena conducta anterior.
Los estudiantes afectados recurrieron a la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando que no se les dio un debido proceso, que no existían pruebas suficientes y que la sanción era arbitraria.
Argumentaron que actuaron creyendo que la rebaja era legítima, sin saber que estaban participando en una operación irregular.
La Novena Sala de la Corte de Santiago, integrada por los ministros Lilian Leyton, Antonio Ulloa y la abogada integrante Claudia Candiani, rechazó el recurso.
El tribunal consideró que los estudiantes actuaron con negligencia grave, ya que debieron darse cuenta de que el beneficio era irregular: no fue anunciado oficialmente, se ejecutó por mensajes informales, exigió entregar credenciales personales y el dinero fue depositado en cuentas ajenas a la universidad.
El fallo concluyó que los estudiantes no solo participaron en una operación que alteró el funcionamiento del sistema informático, sino que infringieron normas internas al permitir pagos por vías no autorizadas.
Además, el procedimiento disciplinario respetó todas las etapas exigidas por el reglamento universitario, permitiendo la defensa de los involucrados.
El caso llegó finalmente a la Corte Suprema, donde la Tercera Sala —integrada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Diego Simpertigue y los abogados integrantes María Angélica Benavides y José Miguel Valdivia— confirmó el 8 de abril de 2025 lo resuelto por la Corte de Santiago: la suspensión por un semestre se ajustó a derecho y no vulneró garantías constitucionales.