
Cesárea se retrasó 4 horas pese a indicación médica y causó daño al recién nacido: Hospital pagará $300 millones a familia
Un parto que debió resolverse con urgencia terminó con consecuencias neurológicas permanentes para un recién nacido en el Hospital Regional de Rancagua.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde las 16:35 horas del día en que se practicó la cesárea existía indicación médica para interrumpir el embarazo.
Sin embargo, esta se realizó recién a las 21:05, casi cinco horas después, pese a que el feto mostraba signos adversos identificados en el examen Doppler.
El recién nacido llegó al mundo con un estado de depresión que no fue explicado por sus condiciones congénitas, sino por el retardo injustificado de la intervención médica.
El caso fue conocido en primera instancia por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, que condenó al Servicio de Salud de O’Higgins por falta de servicio.
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó el fallo y, además, aumentó el monto de las indemnizaciones.
En total, ordenó al servicio pagar $300.000.000 por concepto de daño moral: $180 millones para el niño afectado, $80 millones para la madre y $40 millones para el padre.
La Corte concluyó que el hospital estatal actuó con una atención “a lo menos deficiente”, pese a contar con equipo técnico y humano para evitar el daño.
Indicó que los hechos ocurrieron en el contexto de un servicio público, y que la atención médica no puede escudarse en limitaciones internas cuando existen protocolos clínicos que exigen actuar con celeridad frente a señales de sufrimiento fetal.
Respecto del niño, el fallo sostuvo que el daño moral derivado de lesiones físicas permanentes puede presumirse, por tratarse de un hecho de normal ocurrencia.
En cuanto a los padres, su afectación fue respaldada con informes psicológicos y la declaración de una especialista que detalló el alto costo emocional, el impacto en sus rutinas de vida, y la necesidad de atención continua en la Teletón, lo que fue especialmente considerado en el caso de la madre, tanto por el impacto psicológico como físico.
El tribunal también rechazó un recurso de casación presentado por el Servicio de Salud, y dejó sin efecto la decisión de primera instancia que había excluido al niño y al padre como beneficiarios de la demanda.