
Tardó 2 días en denunciar fraude en cuenta bancaria: Corte concluye culpa grave y le ordena restituir al banco $1,3 millones
En octubre de 2021, un cliente comenzó a tener dificultades para ingresar a la aplicación móvil de su banco.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el 26 de ese mes, tras varios intentos fallidos por acceder con su clave, la app fue bloqueada.
Sin embargo, no alertó a la entidad financiera ni solicitó el bloqueo de sus medios de pago. Dos días después, el 28, volvió a intentar ingresar.
Al presentar nuevamente fallas, desinstaló la aplicación y cambió su clave desde la página web del banco, sin notar si había movimientos extraños en su cuenta.
No fue hasta el 29 de octubre, tras reinstalar la aplicación, que detectó una serie de transacciones que él no había realizado el día 27.
Recién el 30 denunció el hecho ante Carabineros y el 2 de noviembre logró comunicarse con su ejecutiva bancaria.
A pesar de los movimientos irregulares, ese mismo 27 de octubre él también realizó otras operaciones bancarias desde un medio distinto, sin notar la sustracción de fondos.
El banco, tras realizar una investigación interna, concluyó que todas las operaciones objetadas habían sido validadas con los datos y mecanismos de seguridad propios del cliente: clave del portal, datos de tarjeta y coordenadas.
En base a esto, presentó una demanda para que el cliente devolviera los fondos transferidos por transacciones fraudulentas, invocando la Ley N° 20.009, que permite a las instituciones exigir restitución si prueban que hubo dolo o culpa grave por parte del usuario.
El Primer Juzgado de Policía Local de Recoleta rechazó la demanda, pero el banco apeló. La Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago –integrada por el ministro Patricio Martínez Benavides y la fiscal judicial Carla Troncoso– revocó el fallo, considerando que el cliente actuó con culpa grave.
Según el fallo, el usuario fue descuidado al no dar aviso inmediato sobre los problemas de acceso a su aplicación bancaria, lo que facilitó el fraude.
“Tardanza inexplicable”, dijeron los jueces, señalando que es de conocimiento general la velocidad con la que ocurren los fraudes cibernéticos.
La Corte concluyó que la negligencia del cliente, sumada a su omisión de informar oportunamente, permitió el acceso indebido a su cuenta.
Por ello, se acogió la demanda del banco y se ordenó la restitución de $1.394.628, más intereses desde que la sentencia quede ejecutoriada.