
Paramédico ganó juicio por acoso laboral en Cesfam: Municipio deberá ofrecer disculpas públicas y pagarle $5 millones
Un funcionario de salud que trabajaba como paramédico en el Cesfam de San Pedro de la Paz denunció haber sido víctima de acoso laboral por parte de sus superiores.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, dejó de recibir instrucciones claras para desempeñar sus funciones y fue alejado del trabajo que le correspondía por contrato.
La situación se arrastró por varios meses sin solución, afectando su estabilidad emocional y profesional.
Frente a esta situación, decidió presentar una denuncia de tutela laboral ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
En septiembre de 2024, el tribunal laboral dio la razón al funcionario, concluyendo que la Municipalidad de San Pedro de la Paz había vulnerado sus derechos fundamentales protegidos por el artículo 19 de la Constitución, al haber ejecutado actos constitutivos de acoso laboral.
Como consecuencia, la jueza ordenó una serie de medidas reparadoras: el municipio debía cesar inmediatamente cualquier forma de hostigamiento en contra del trabajador, restituir sus funciones originales, y pedirle disculpas públicas en un acto oficial encabezado por el alcalde y con presencia de las jefaturas del Cesfam y la Dirección de Salud.
Además, estas jefaturas deberán tomar un curso de al menos 30 horas sobre derechos fundamentales y prevención del acoso, y se instruyó a la municipalidad a actualizar sus protocolos sobre este tipo de denuncias.
También se dispuso que la sentencia se publique en la página web institucional por un mínimo de 60 días.
El tribunal acogió además la demanda por daño moral, condenando a la municipalidad al pago de $5.000.000 al funcionario afectado, con los reajustes e intereses legales correspondientes.
Disconforme con el fallo, la parte demandada presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Concepción, buscando anular la sentencia.
Alegó, entre otras cosas, que el juez había valorado mal la prueba y aplicado erróneamente la ley. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada —compuesta por las ministras Matilde Esquerré Pavón, Claudia Vilches Toro y la fiscal judicial Silvia Mutizábal Mabán— rechazó de forma unánime el recurso.
“El sentenciador efectuó un análisis pormenorizado de los medios de prueba incorporados (…) estableciendo además los hechos que estimó probados”, concluyó la Corte, añadiendo que la municipalidad no logró demostrar que sus actuaciones fueron razonables o proporcionales.