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Agencia Uno

Por "neutralizar huelga": Empresa fue condenada a pagar multa de $7 millones tras reemplazar trabajadores y negarlo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 18.03.2025
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad de Provider Latin America SpA y confirmó la multa de 100 UTM por reemplazo ilegal de trabajadores en huelga.

En agosto de 2024, la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente presentó una denuncia contra la empresa Provider Latin America SpA, acusándola de reemplazar ilegalmente a trabajadores que estaban en huelga.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, durante la fiscalización, se constató que la empresa había realizado cambios en la asignación de funciones y traslados de personal justo en el mismo período en que los trabajadores en huelga dejaron sus puestos, lo que levantó sospechas de una maniobra para mantener la operación normal de la empresa sin respetar el derecho a huelga.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la denuncia y sancionó a Provider Latin America SpA con una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales ($6.803.400).

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La empresa no estuvo de acuerdo con la decisión y presentó un recurso de nulidad argumentando que la jueza no valoró correctamente las pruebas y que los cambios en el personal eran ajustes permitidos por la ley y no un reemplazo ilegal.

También aseguró que el informe de fiscalización solo mencionaba presunciones y no pruebas concretas de los reemplazos denunciados.

La Corte de Apelaciones de Santiago revisó el caso y concluyó que la jueza había explicado con detalle por qué se consideraban reemplazos ilegales algunas de las modificaciones hechas por la empresa.

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El tribunal verificó que la suspensión del teletrabajo y los traslados de trabajadores coincidían con el inicio de la huelga y que, en varios casos, las nuevas asignaciones de funciones correspondían exactamente a las que desempeñaban los huelguistas.

Además, en lo referente al personal de aseo, se determinó que la empresa no había solicitado servicios mínimos, lo que hizo que la continuidad de esas labores se considerara un reemplazo ilegal.

Por estos motivos, la Corte rechazó el recurso de nulidad y confirmó la multa de 100 UTM impuesta a Provider Latin America SpA, reafirmando la sanción por prácticas desleales contra los trabajadores en huelga.

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