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Cerró camino a familia por la disputa en la venta de un predio en Osorno y Suprema ordenó entregar las llaves
Agencia Uno

Cerró camino a familia por la disputa en la venta de un predio en Osorno y Suprema ordenó entregar las llaves

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 21.02.2025
La Corte Suprema ordenó a un vecino reabrir un camino de servidumbre en Puyehue tras cerrarlo argumentando falta de uso. El tribunal determinó que la medida afectaba el derecho de los dueños del terreno y que no podía impedir el acceso por decisión propia.

Una familia en Puyehue, Osorno, quedó sin acceso a su terreno luego de que un vecino cerrara el camino que usaban para entrar.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la servidumbre de tránsito, que pasaba por la propiedad del denunciado, era la única vía de acceso al predio, pero fue bloqueada con un cierre perimetral.

El conflicto surgió cuando un perito tasador intentó ingresar para evaluar la propiedad y no pudo hacerlo porque el paso estaba bloqueado.

La familia afectada presentó un recurso de protección en tribunales, argumentando que el cierre del camino afectaba su derecho a circular libremente y a usar su propiedad.

Explicaron que la servidumbre estaba establecida legalmente y que el vecino no tenía derecho a bloquearla.

En respuesta, el demandado admitió haber cerrado el acceso, pero justificó su decisión diciendo que solo impedía el ingreso de personas ajenas a la familia, ya que no se le había informado previamente sobre su visita.

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Además, argumentó que la servidumbre de tránsito no estaba en uso y que la vía no era un camino público, sino de acceso exclusivo para los propietarios y las personas que ellos autorizaran.

También afirmó que no impidió el paso de los dueños del terreno, sino solo el ingreso de un perito tasador, ya que no recibió una notificación previa sobre su visita.

Además, en medio de la disputa, se mencionó que la familia afectada intentó vender el predio y le hizo una oferta de compra al vecino, pero no obtuvo respuesta.

En primera instancia, la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el reclamo, considerando que el problema no afectaba directamente a los propietarios, sino solo al perito que intentó ingresar sin previo aviso.

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Sin embargo, la familia llevó el caso a la Corte Suprema, que revisó la situación y llegó a una conclusión distinta.

El máximo tribunal determinó que el vecino no podía cerrar el camino de servidumbre por decisión propia, ya que eso significaba impedir el uso de un acceso que legalmente les correspondía a los dueños del terreno.

La Corte consideró que este acto era una forma de tomar la justicia por sus propias manos en lugar de recurrir a las autoridades, lo que no está permitido por la ley.

Con este fallo, la Corte Suprema ordenó al vecino reabrir el camino y entregar copia de las llaves o del dispositivo de acceso para garantizar el libre tránsito de los propietarios y de las personas que ellos autoricen.

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