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Maestro de equitación, exmilitar y representante de Chile en 5 Panamericanos condenado por abuso sexual intentó anular su inhabilitación deportiva: Corte confirmó sanción
Agencia Uno

Maestro de equitación, exmilitar y representante de Chile en 5 Panamericanos condenado por abuso sexual intentó anular su inhabilitación deportiva: Corte confirmó sanción

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 03.02.2025
La Corte Suprema confirmó la prohibición de por vida para un reconocido entrenador de equitación, tras su condena por abuso sexual. Pese a sus reclamos, el tribunal determinó que la sanción es legal y busca proteger la seguridad en el ámbito deportivo.

Un entrenador de equitación con una destacada trayectoria en Chile y el extranjero quedó inhabilitado de por vida para participar en organizaciones deportivas, luego de haber sido condenado por dos delitos de abuso sexual.

La sanción fue aplicada por el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) y confirmada por la Corte Suprema, tras rechazar un recurso presentado por el afectado.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el entrenador había desarrollado su carrera por décadas, ocupando diversos cargos de prestigio en el mundo ecuestre.

Fue instructor en la Escuela de Caballería del Ejército de Chile desde 1979 y entrenador de equipos nacionales de equitación en Ecuador y México.

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Participó en múltiples competiciones internacionales, incluyendo los Juegos Panamericanos de Caracas 1993, Indianápolis 1997, Río de Janeiro 2007, Guadalajara 2011 y Toronto 2014, logrando importantes resultados en representación de Chile.

También fundó y dirigió una escuela ecuestre en el país, donde entrenó a jinetes que compitieron en eventos de alto nivel.

Sin embargo, su carrera cambió en 2022, cuando el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno lo condenó por dos delitos de abuso sexual contra una mujer mayor de 14 años.

Se le impuso una pena de cinco años de libertad vigilada intensiva y la prohibición de ocupar cargos públicos.

Como consecuencia de esta condena, el CNAD determinó su inhabilitación perpetua para participar en cualquier organización deportiva, en conformidad con la Ley N° 20.737 y el Decreto Supremo N° 22 del Ministerio del Deporte, que regula la prevención y sanción de casos de acoso y abuso sexual en el deporte.

El entrenador presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, argumentando que la sanción era ilegal y desproporcionada.

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Sostuvo que el CNAD solo podía castigar a personas afiliadas a federaciones deportivas y que él no pertenecía a ninguna.

Además, afirmó que la inhabilitación de por vida era más severa que su condena penal y afectaba su derecho al trabajo y a la reinserción social.

La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, señalando que el CNAD tiene autoridad para sancionar casos de abuso sexual en el ámbito deportivo, sin importar si la persona pertenece a una federación o no.

También destacó que la ley establece de manera explícita la inhabilitación perpetua para quienes sean condenados por delitos de abuso sexual en el deporte.

El afectado llevó su caso a la Corte Suprema, pero esta ratificó la decisión. El máximo tribunal indicó que la sanción impuesta es legal y busca proteger la integridad de quienes participan en actividades deportivas, especialmente de niños y adolescentes.

Asimismo, enfatizó que la medida está respaldada por normativas nacionales e internacionales que garantizan entornos seguros en el deporte.

Con este fallo, la prohibición de por vida queda firme y el entrenador no podrá participar en ninguna organización deportiva en Chile.

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