viernes 15 de mayo de 2026

Tras 50 años que embarazada fue torturada en dictadura Estado indemniza a su hija con $50 millones

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Estado indemnizar con $50 millones a la hija de una víctima de torturas durante la dictadura, al reconocer las graves secuelas emocionales que sufrió desde su gestación debido al cautiverio y maltrato que vivió su madre.

24 de diciembre de 2024 - 00:00

En enero de 1974, una mujer embarazada fue detenida en Arica por agentes del Estado y trasladada al Regimiento Rancagua.

Durante su cautiverio, sufrió torturas físicas y psicológicas, todo mientras esperaba a su hija.

En medio de interrogatorios violentos, golpes y condiciones inhumanas, la mujer logró sobrevivir, pero las secuelas de ese horror no solo la afectaron a ella, sino también a su hija, que creció marcada por el sufrimiento vivido antes de su nacimiento.

Décadas después, esa hija, ahora adulta, decidió acudir a la justicia buscando una reparación por el daño moral sufrido debido a las torturas que su madre soportó durante su embarazo.

El caso, que se tramitó por años, finalmente fue revisado por la Corte de Apelaciones de Santiago, donde se confirmó una sentencia que ordena al Estado chileno indemnizarla con 50 millones de pesos.

Las marcas invisibles de un daño irreparable

Según los informes psicológicos presentados en el juicio, la hija de la víctima sufrió graves secuelas emocionales desde su infancia.

Durante años presentó trastornos del sueño, pesadillas recurrentes, sonambulismo, tartamudez y enuresis hasta los seis años.

Además, enfrentó problemas de comportamiento y dificultades para relacionarse con su padre, todo ello asociado a un cuadro de estrés postraumático crónico y traumatización extrema.

La Corte señaló que estos daños no solo están documentados, sino que son coherentes con las condiciones inhumanas en las que su madre vivió durante los meses de gestación.

“Ella nació después del cautiverio y apremios sufridos por su madre, habiendo cumplido cinco meses de su gestación en condiciones inhumanas, lo que, según los antecedentes psicológicos aportados, la dejaron en un estado de extrema vulnerabilidad”, sostiene el fallo.

Los jueces también subrayaron que estas experiencias afectaron significativamente su desarrollo emocional y su capacidad para llevar una vida plena, alejándola del bienestar al que tenía derecho.

El fallo: una reparación necesaria

La Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por las ministras Romy Rutherford, Lidia Poza y el abogado integrante Jorge Hales, rechazó la excepción de reparación integral presentada por el Fisco.

Esto argumentaba que los beneficios entregados a las víctimas de violaciones a los derechos humanos a través de leyes como la 19.123, 19.992 y 20.874 eran suficientes para compensar el daño sufrido.

En su resolución, los jueces fueron claros al señalar que estos beneficios no pueden reemplazar el derecho a una indemnización adecuada.

“La concesión de una bonificación instaurada en favor de las víctimas a través de las leyes mencionadas no debe en modo alguno imputarse a la indemnización que por daño moral debe otorgarse a quien fue víctima de violaciones de los derechos humanos”, afirma el fallo.

El tribunal determinó que los efectos del sufrimiento experimentado por la madre durante su detención y las secuelas transmitidas a su hija no han sido suficientemente reparados a través de los programas estatales existentes.

Un precedente en materia de derechos humanos

El fallo no solo representa una victoria para la demandante, sino que también refuerza un principio clave en materia de derechos humanos: las indemnizaciones por daños morales derivados de crímenes de lesa humanidad son un derecho irrenunciable y no pueden ser reemplazadas por políticas asistenciales.

La decisión judicial subraya que el Estado tiene la obligación de garantizar una reparación adecuada a las víctimas directas e indirectas de las violaciones a los derechos humanos, más allá de los mecanismos administrativos implementados tras el retorno a la democracia.

Aunque el daño sufrido por la demandante no puede ser borrado ni completamente compensado, esta sentencia representa un paso hacia la justicia y el reconocimiento del impacto que los crímenes de la dictadura siguen teniendo en las vidas de quienes los padecieron, incluso antes de nacer.

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