Revés para papitos corazón: Suprema dice que es posible fijar pensión mayor al 50% de sueldo de deudor
Una madre en Santiago llevó a los tribunales a su exesposo en busca de una pensión alimenticia para sus tres hijos.
Después de un proceso en el Primer Juzgado de Familia, se decidió que el padre debía pagar una suma mensual cercana a las 65,5 UTM ($4.364.134), además de cubrir el 60% de los gastos de salud y educación de los niños, y el 50% de otros gastos especiales.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esta decisión en 2023, evaluando que el monto cubría las necesidades de los hijos y se ajustaba a las posibilidades económicas de ambos padres.
El padre apeló la decisión argumentando que el pago representaba alrededor del 73% de sus ingresos mensuales y que, según la ley, la pensión no debería exceder el 50% de sus rentas, salvo en situaciones especiales.
Además, alegó que sus ingresos, fijados en $6 millones mensuales, no habían sido considerados correctamente y que el monto establecido era excesivo.
Sin embargo, la Corte Suprema revisó el caso y señaló que, en situaciones excepcionales, como el contexto de vida y las necesidades escolares de los menores, los jueces pueden fijar una pensión mayor al 50% de los ingresos del padre.
La Corte destacó que ambos padres habían tenido que recurrir a sus ahorros para cubrir los gastos de la familia, y que el aporte asignado era proporcional a las necesidades y al nivel de vida que los hijos estaban acostumbrados.
El 28 de octubre de 2024, la Corte Suprema rechazó la apelación del padre, manteniendo la pensión establecida en el fallo original.