Venezolana de 19 años que se preparaba para rendir PAES fue expulsada de Chile: Corte lo anuló
Una joven venezolana de 19 años, que vive con su familia en Chiguayante, se encontraba en riesgo de ser expulsada de Chile.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la joven llegó a Chile con sus padres cuando aún era menor de edad, y desde entonces ha trabajado y estudiado, preparándose actualmente para rendir la Prueba de Admisión a la Educación Superior (PAES).
Además, forma parte fundamental del sustento de su hogar, donde vive con sus padres y sus dos hermanos menores.
En julio de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones emitió una resolución que ordenaba su expulsión del país debido a su situación migratoria irregular.
Sin embargo, esta decisión no tomó en cuenta que la joven no tenía antecedentes penales, que había vivido en Chile por años, y que toda su familia también reside en el país.
Ante esta situación, la joven presentó un recurso de protección.
La Corte de Apelaciones de Concepción analizó el caso y falló de manera unánime en favor de la joven.
En su decisión, los jueces César Panés Ramírez, Héctor Plaza Vásquez y la fiscal judicial Silvia Mutizábal Mabán concluyeron que la orden de expulsión era arbitraria e injustificada.
El tribunal argumentó que la medida no consideraba los lazos familiares de la joven en el país ni su contribución a la sociedad chilena, tanto en lo económico como en lo social.
El fallo de la Corte destacó que la joven, a pesar de su situación migratoria, había logrado establecerse en Chile de manera positiva.
Se encontraba terminando sus estudios de enseñanza media y estaba inscrita para rendir el examen de ingreso a la universidad.
Además, trabaja y cuenta con previsión social, lo que demuestra un esfuerzo por integrarse y regularizar su situación.
Otro punto relevante que consideró la Corte fue el impacto que la expulsión tendría sobre su familia. Sus dos hermanos menores viven con ella y dependen emocionalmente de su presencia.
Los jueces señalaron que la separación de los hermanos sería devastadora, y que en este caso debía primar el principio de protección de la unidad familiar y el interés superior del niño.
Finalmente, la Corte resolvió que el Servicio Nacional de Migraciones no había considerado adecuadamente todos estos factores al emitir la orden de expulsión, y por lo tanto, decidieron dejarla sin efecto.