Estaba en el vientre de su madre cuando ella fue torturada por la CNI: Será indemnizado 35 años después
Agencia Uno

Estaba en el vientre de su madre cuando ella fue torturada por la CNI: Será indemnizado 35 años después

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 30.09.2024
La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Estado indemnizar con $10 millones a un hombre, hijo de una mujer torturada durante la dictadura, por el daño emocional sufrido mientras estaba en gestación.

En 1989, una mujer fue detenida mientras estaba embarazada de su hijo. Durante su detención, fue sometida a torturas físicas y psicológicas por agentes de la desaparecida Central Nacional de Informaciones (CNI).

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la mujer con cuatro meses de embarazo en ese momento, soportó seis meses de cautiverio y violencia, todo mientras intentaba proteger a su hijo no nacido.

Su esposo fue asesinado ese mismo año, lo que dejó a la mujer luchando sola en medio de la represión.

La mujer fue liberada poco antes de dar a luz a su hijo, quien nació en febrero de 1990.

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A lo largo de su vida, este hijo ha cargado con las secuelas emocionales y psicológicas derivadas del tormento que sufrió su madre mientras él estaba en su vientre.

La madre relató que su hijo era sensible a los ruidos fuertes, como el golpe de puertas metálicas, lo que ella atribuía al estrés y miedo que vivió durante su gestación.

Años después, este hombre decidió demandar al Estado, buscando justicia por los daños sufridos tanto por él como por su madre durante aquellos meses.

La demanda se basaba en el hecho de que su madre fue reconocida como víctima de tortura por la Comisión Valech, y que él, al haber estado en gestación, también fue afectado por los mismos hechos.

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La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el Estado debe indemnizar a este hombre con $10 millones por el daño moral sufrido.

En su fallo, la Corte reconoció la dificultad de poner un valor económico al sufrimiento emocional, pero estableció que la indemnización se basaba en criterios de equidad y proporcionalidad en relación con casos similares.

Aunque en primera instancia se había fijado un monto mayor, la Corte lo redujo teniendo en cuenta la gravedad del daño acreditado.

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