"Devoradores de grasa" son puestos en duda por Sernac: Investigarán su venta online

Por: Nicole Donoso | 23.07.2024
La publicidad del producto exagera sus propiedades e incluso no contendría algunas de ellas.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) inició una investigación contra los productos "devoradores de grasa" comercializados por la empresa Divinas Store debido a potenciales repercusiones en la salud de los consumidores.

La publicidad del producto exagera ciertas propiedades, mientras que otras no están contenidas en su elaboración.

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Además de bajar de peso, estos productos "prometen" tonificar el cuerpo y mejorar la salud, utilizando una "estrategia comercial agresiva" apelando al autoestima de sus potenciales consumidores.

“Estos productos no solo no cumplirían con el objetivo para el cual fue supuestamente promocionado, sino que además pueden poner en riesgo la salud y la seguridad de los consumidores que los adquieran”, advierte Andrés Herrera, director nacional del Sernac.

En la misma línea, al no ser considerados fármacos ni cosméticos, no requieren ser registrados en el Instituto de Salud Pública (ISP), por lo tanto, no pueden ser promocionados como "terapéuticos".

A su vez que, publicitan mediante la opinión de supuestos especialistas, personajes famosos y testimonios de otros consumidores para dar más "credibilidad" a los efectos del producto.

Es a través de redes sociales, específicamente de la cuenta de Instagram de Divinas Store (con más de 270 mil seguidores) es que se publicitan estos "devoradores de grasa".

En la página web de la tienda distribuidora es posible leer el siguiente anuncio: "¿Necesitas bajar de peso y tener tu abdomen perfecto? Llegaste a la página indicada. Llevamos 6 años en el mercado, vendiendo los mejores productos para adelgazar”.

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¿Qué dice la Ley del Consumidor?

Desde el Sernac buscan comprobar que las afirmaciones publicitarias de dicha empresa en relación al producto sean verificadas.

La Ley del Consumidor establece que "la información que se consigne en los productos, etiquetas, envases, empaques o en la publicidad y difusión de los bienes y servicios deberá ser susceptible de comprobación y no contendrá expresiones que induzcan a error o engaño al consumidor”.

En caso de incumplimiento por publicidad engañosa, la empresa arriesga multas de hasta 1.500 UTM (más de $97 millones).

Si el producto daña la salud, la sanción aumenta a 2.250 UTM, es decir, más de 145 millones de pesos.

El Sernac hace un llamado a los consumidores a evaluar críticamente la publicidad y no creer en promesas "demasiado buenas para ser verdad".

Al contrario, sugieren a contactar con un profesional de la salud si es que se quiere o necesita bajar de peso sin afectar, al mismo tiempo, la salud.

Por último, si los consumidores sufren repercusiones o no ven resultados tras ingerir o utilizar el producto, tienen derecho a exigir las indemnizaciones correspondientes.

Foto: Agencia Uno.

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