Estallido Social: Carabinero es condenado a 5 años por lesiones gravísimas a manifestante

Estallido Social: Carabinero es condenado a 5 años por lesiones gravísimas a manifestante

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 11.06.2024
El fallo confirma la condena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. por disparar y causar la pérdida de la visión de un manifestante durante una protesta en Temuco en 2019. Revisa más detalles aquí.

El 19 de octubre de 2019, Luis Jiménez Caamaño se encontraba en una manifestación en Temuco, junto a numerosas personas, expresando su descontento social, en el marco del Estallido Social

Según lo que señala el fallo judicial, la protesta, que se realizaba en la intersección de avenida Caupolicán con calle Manuel Montt, se intensificó cuando cerca de 30 manifestantes instalaron una barricada y comenzaron a lanzar objetos hacia los carabineros.

En medio de estos hechos, Manuel Martínez López, entonces comisario de la Primera Comisaría de Fuerzas Especiales, y su equipo intentaron dispersar a la multitud.

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Aproximadamente a las 22:00 horas, Martínez López, haciendo uso de una escopeta de calibre 12, disparó directamente a Jiménez Caamaño, quien se encontraba aislado del grupo.

Además, se destaca en el fallo judicial que el impacto del disparo en el tercio superior del cuerpo de Jiménez Caamaño resultó en un traumatismo ocular grave en el ojo derecho, causándole una pérdida completa de la visión de ese ojo después de 15 días hospitalizado y varias cirugías.

Este lamentable suceso fue el centro de un juicio donde Martínez López fue condenado a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.

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La Tercera Sala del Tribunal de Alzada de Temuco confirmó recientemente esta condena, destacando la gravedad de los actos y la necesidad de una sentencia que contribuya a la reinserción social sin minimizar la severidad del daño causado.

El tribunal enfatizó que no se considerarían los días de detención previa de Martínez López para reducir la pena, ya que hacerlo iría en contra de los principios de justicia y resocialización.

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