Justicia sí confirma que chofer de CESFAM bajo influencia de alcohol puede ser amonestado
Durante septiembre de 2022, un conductor que prestaba servicios en un CESFAM, participó en una celebración de fiestas patrias en dependencias del centro de salud y fue viste en evidente estado de ebriedad, a pesar de que se habría comunicado que estaba prohibido ingresar y consumir bebidas alcohólicas.
La situación anteriormente descrita habría derivado en una investigación y sumario administrativo, la que finalizó con la sanción de censura y cambio de funciones a través de un Decreto Alcaldicio por haberse encontrado supuestamente en su lugar de trabajo bajo la influencia de alcohol.
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Con la acción previamente explicada, se consideró que el conductor del CESFAM infringió el principio de probidad y vulneró la obligación funcionaria de mantener una vida social acorde al cargo.
Finalmente, se interpuso un recurso de protección en contra de la Municipalidad de Victoria, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco.
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Estos argumentaron su decisión señalando que "el actuar de la recurrida Municipalidad de Victoria dice relación con llevar a cabo un sumario administrativo contra el recurrente, no existiendo en tal sentido una acción arbitraria o ilegal alguna de su parte, no pudiendo desprenderse tampoco la existencia de algún derecho indubitado del recurrente que se encuentre amparado por la acción constitucional de protección".