Alfonso Chanfreau: Confirman condena a coronel de Carabineros y militares por secuestro
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia y condenó a miembros de las Fuerzas armadas y ex agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) por la detención y desaparición forzada de Alfonso Chanfreau Oyarce, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), ocurrido el 30 de julio de 1974 en Santiago.
El tribunal de alzada capitalino condenó al teniente coronel de Carabineros Gerardo Godoy García a la pena de diez años y un día de presido mayor en su grado medio como autor del delito de secuestro calificado de Chanfreau y al ex empleado civil del Ejército Rodolfo Concha Rodríguez a cinco años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del mismo delito.
Ambos condenados se encuentran actualmente cumpliendo condenas en el penal Punta Peuco por otros delitos.
Pruebas confirmadísimas
De esta manera se confirmó —en todas sus partes— la sentencia del ministro en visita extraordinario Guillermo de la Barra Dünner en su fallo de primera instancia, dictado en diciembre de 2022.
Esta sentencia corresponde a un segundo proceso en este caso.
Anteriormente falló la Corte Suprema y fueron condenados los agentes de la cúpula de la DINA Manuel Contreras, Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata y Ricardo Lawrence.
Este último prófugo de la justicia hasta enero del 2020, y fallecido el 2 de diciembre recién pasado.
El abogado querellante Francisco Bustos, del Estudio Caucoto Abogados, señaló que “es relevante que se haya confirmado la sentencia en cuanto a los hechos fijados pues se trata de agentes que no fueron acusados en el primer proceso y que tienen responsabilidad penal en la desaparición forzada de Alfonso Chanfreau Oyarce, como siempre ha sostenido la querellante, doña Erika Hennings”.
En el mismo sentido, Bustos, agregó que “hay aspectos que esperábamos enmendar en la apelación, relativos a la determinación de la sanción. Como querellantes solicitamos que se impusieran penas de 18 y 12 años respectivamente, fundado en la extensión del mal causado a los familiares y en el deber de imponer penas apropiadas que den cuenta de la extrema gravedad de la desaparición forzada como mandata el Derecho internacional”.
El abogado además informó que “ahora estudiaremos los pasos a seguir, para defender la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de probables recursos de los imputados", concluyó.
Los hechos
De acuerdo a la investigación sustanciada por el ministro de la Barra, se pudo establecer que un grupo de agentes de la DINA se abocó a investigar las actividades de personas que formaban parte del MIR y de aquellos que le prestaban colaboración, deteniéndolos y llevándolos a lugares secretos de reclusión.
Dentro de esas actividades, el día 30 de julio de 1974, en horas de la noche, agentes de la DINA detienen en su domicilio, en la comuna de Independencia, a Alfonso René Chanfreau Oyarce, casado, un hijo, estudiante de filosofía y dirigente del MIR.
Ahí lo trasladaron contra su voluntad al centro de detención clandestino de la DINA ubicado en calle Londres Nº 38, denominado «Yucatán», en Santiago Centro, donde permaneció permanentemente vendado.
Según los testimonios, fue visto allí por otros prisioneros en muy malas condiciones físicas a consecuencia de las reiteradas torturas a las que fue sometido por sus captores, tanto en ese lugar como en otros centros de la DINA y a los cuales fue trasladado.
Finalmente, el 13 de agosto de 1974, Chanfreau fue sacado de "Londres 38" junto a otros prisioneros no sin antes permitírsele despedirse de su cónyuge, detenida en ese centro de tortura el día 31 de julio de 1974 y luego liberada.
El paradero de Chanfreau Oyarce es desconocido hasta hoy.