Una niña mantenía pendiente prácticamente todo su esquema de vacunación luego de que sus padres se negaran a inmunizarla por razones médicas, legales y científicas. La Corte de Apelaciones de Valdivia determinó que no existía una contraindicación médica acreditada y ordenó que reciba todas las vacunas obligatorias correspondientes a su edad.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso comenzó cuando el CECOSF Erodita Arriagada de Antilhue detectó que la menor no tenía al día su esquema de vacunación.
En marzo de 2026, su madre manifestó que dejaría la atención primaria para atenderla de manera particular, pero posteriormente no se presentaron antecedentes que acreditaran esa atención ni una vacunación privada.
En julio, la madre entregó una carta en la que los padres explicaron su negativa. Argumentaron razones médicas, legales y científicas, mencionando antecedentes de salud de la niña, reacciones adversas sufridas por familiares, posibles efectos de las vacunas y su derecho a negar el consentimiento.
Ante esta situación, la Municipalidad de Los Lagos presentó un recurso de protección en favor de la niña. El certificado de vacunación del 29 de julio de 2026 mostraba que únicamente tenía al día la vacuna contra la hepatitis B.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte sostuvo que el Programa Nacional de Inmunizaciones es obligatorio y que su cumplimiento “no puede quedar al arbitrio o voluntad de los particulares”. Además, explicó que los padres deben garantizar que niños y adolescentes sean vacunados oportunamente.
Respecto de las razones planteadas por los progenitores, el tribunal estableció que no se presentó ningún antecedente médico que demostrara una contraindicación concreta para vacunar a la niña. Por ello, consideró insuficientes los argumentos sobre su salud, sensibilidad inmunológica y antecedentes familiares.
La Corte también recordó que la Corte Suprema, en abril de 2026, confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco que ordenó vacunar a otra lactante cuyos padres se oponían.
Finalmente, la Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó aplicar inmediatamente todas las vacunas obligatorias correspondientes a la edad de la niña, bajo supervisión sanitaria, salvo que exista una contraindicación médica acreditada.
El cumplimiento quedó a cargo del Juzgado de Letras y Familia de Los Lagos.