Cuáles son los rubros que quedan fuera del proyecto de ley 40 horas
Este martes, a las 16:00 horas, la Sala del Senado revisará y votará el proyecto que reduce la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales, iniciativa que fue presentada el 2017 y que fue respaldada por la administración de Gabriel Boric.
De ser aprobado en la Cámara Alta, deberá volver a las comisiones de la Cámara de Diputadas y Diputados a su tercer trámite, debido a las indicaciones presentadas por el Ejecutivo.
[Te puede interesar] Ministra Jara: "A las AFP les interesa que el negocio se les mantenga intacto"
Desde el gobierno han planteado que esperan que se despache a ley antes del 1 de mayo, Día Internacional del Trabajador.
En paralelo a la tramitación del proyecto han surgido dudas respecto a los alcances que tendrá la reducción de jornada, y qué rubros estarán contemplados o exentos de la nueva regulación.
Las excepciones
Según indica el proyecto, la reducción de la jornada laboral será gradual. A contar del primer año, desde que se publica como ley, las empresas deberán reducir la jornada de 45 a 44 horas; luego se reducirá a 42 horas a contar del tercer año y a 40 horas a contar del quinto año.
Sin embargo, hay excepciones. Para choferes, auxiliares interurbanos y de transporte rural de pasajeros, choferes de vehículos de carga terrestre interurbana, trabajadores agrícolas, de ferrocarriles, tripulantes de vuelo y cabina en tierra, la ley se aplicará al quinto año después de publicada en el Diario Oficial.
[Te puede interesar] Qué le falta al proyecto 40 horas para convertirse en ley
Además, habrán rubros que quedarán totalmente excluidos de la aplicación de la ley. Los trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas.
Según el proyecto, en caso de controversia y a petición de cualquiera de las partes, el Inspector del Trabajo respectivo resolverá si esa determinada labor se encuentra en alguna de las situaciones descritas.
De su resolución podrá recurrirse ante el juez competente dentro de quinto día de notificada, quien resolverá en única instancia, sin forma de juicio, oyendo a las partes.