Servel: ¿Hasta cuándo se puede reclamar la exclusión del padrón electoral?
Con fecha 27 de enero, el Servicio Electoral oficializó la nómina especial de electores que se incorporarán en el padrón electoral de la elección del Consejo Constitucional, disponible en la página del Servel.
De acuerdo al detalle que entrega la entidad liderada por Andrés Tagle, se trata de 64.731 personas que, conforme al art. 31 bis Ley N° 18.556, además de ser mayores de 90 años:
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- No disponen de su cédula de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos 11 años, de acuerdo a la información recabada por el Servel desde el Registro Civil.
- Y que adicionalmente a la circunstancia anterior, no han votado en las últimas dos elecciones.
Considerando estos casos, "el sábado 11 de febrero podrán solicitar su reincorporación quienes consideren haber sido ingresados erróneamente a la nómina especial de personas excluidas del padrón electoral", mientras que también podrán efectuar el trámite quienes "tengan un familiar cercano o conocido que haya sido excluido".
Respecto de la solicitud, se puede efectuar presencialmente en las direcciones regionales del Servel o a través de un correo electrónico a [email protected], donde se deben acompañando los antecedentes que fundamenten el reclamo, además de fotografía por ambos lados de la cédula de identidad de la persona excluida del padrón.
Paralelamente, una vez que el Servel oficialice el padrón electoral auditado, lo que se materializará el 26 de febrero próximo, cualquier elector podrá reclamar su exclusión entre el 27 de febrero y el 3 de marzo ante el Tribunal Electoral.
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