martes 21 de abril de 2026

Corte de Temuco acoge recurso por detención de hija de Camilo Catrillanca: “PDI actuó con fuerza desproporcionada e ilegítima”

La Corte de Apelaciones de Temuco consideró que la policía civil "vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor, con infracción de la Constitución Política de la República y de la Convención sobre los Derechos del Niño".

28 de enero de 2021 - 00:00

Este jueves, la Corte de Apelaciones de Temuco resolvió acoger parcialmente los recursos de amparo que el Instituto Nacional de Derechos Humanos y Patricia Muñoz, Defensora de la Niñez, interpusieron en favor de la hija de Camilo Catrillanca.

El pasado 7 de enero, la Policía de Investigaciones realizó un masivo operativo en distintas comunidades en la Región de la Araucanía. La operación contó con un despliegue de más de 800 efectivos. Fue durante este contexto que miembros de la policía civil detuvieron a la menor de edad G.P.C.A., de solo siete años e hija del comunero asesinado, arrojándola sobre el pavimento y presionándola contra la superficie.

El tribunal consideró ante los antecedentes de las partes que "se debe tener como cierto que la detención de la menor de iniciales G.P.C.A. se produjo el día de los hechos, a la hora y en el lugar señalado por las recurrentes, con uso excesivo y desproporcionado de la fuerza ejercida contra la menor".

"Hecho (la detención) que no se ve modificado ni porque el procedimiento contra la menor se hubiera extendido por breves instantes, ni por el lugar ni las circunstancias de contexto esgrimidas por la Policía de Investigaciones", agregó el fallo.

De esta manera "se declara que el actuar del personal de la Policía de Investigaciones de Chile que procedió a la detención de la menor sindicada, actúo con fuerza desproporcionada e ilegítima y, aun sin ella, vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor, con infracción de la Constitución Política de la República y de la Convención sobre los Derechos del Niño".

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Finalmente, el tribunal ordenó a la PDI abstenerse "de realizar cualquier acción arbitraria e ilegal respecto de la niña ya inicializada y de cualquier otro menor que vulnere los derechos que amparan a todo menor, sometiéndose al estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, en la Constitución Política del Estado y en los Tratados Internacionales".

Sin embargo, las acciones judiciales también se interpusieron en favor de Katherine Antín Soto y Teresa Marín Melinao, la madre y la abuela de la niña que la acompañaban al momento de la detención, pero la justicia determinó que no se acreditaron las cirscunstancias de las detenciones.

https://twitter.com/Pa__tty/status/1354882761220354049

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