No pagó los intereses: Tribunal ordena devolver a Ponce Lerou más de 2 mil millones y CDE solicita recalcular la multa
Este viernes, el 18 Juzgado Civil de Santiago ordenó que se le devolviera lo pagado a Julio Ponce Lerou, ex presidente de SQM, por la multa cursada en 2014 por la entonces Superintendencia de Valores y Seguros por su rol en el caso cascadas.
Ponce Lerou había pagado su deuda el mes pasado, transfiriendo desde su cuenta corriente del Banco Santander $2.152 millones al tribunal nombrado. Esto, después de que dicha multa ya haya sido rebajada, de 1,7 millones de UF a 75 mil UF después de un dictamen del Tribunal Constitucional.
Unos días después de realizado el pago, el abogado de Ponce, Jorge Bofill, acreditó la transferencia bancaria y pidió al 18 Juzgado que liquidara el pago de intereses (1,5% mensual o 18% anual). No obstante, Bofill pidió que el cálculo de los intereses de esta multa fueran desde febrero de 2019, lo que fue objetado por el Consejo de Defensa del Estado, organismo que alegó que esta petición estaba “calculada a conveniencia” de quien debe pagar.
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Además de esto, Ruth Israel, abogada del organismo, cuestionó el pago de un crédito que no había sido cobrado, asegurando que Ponce Lerou cometió una equivocación al consignar el pago en el tribunal y no en la Tesorería, además de hacerlo sin que el 18 Juzgado Civil dictara que se cumpliera el fallo con que puso fin al caso.
Según el CDE, el controlador indirecto de SQM había pagado antes de tiempo, ya que la multa no estaba ejecutoriada.
“El ingreso hecho en la cuenta corriente del tribunal, al ser improcedente y parcial, no produce el efecto de extinguir la obligación fiscal impuesta por la SVS al reclamante”, decía el texto enviado por el CDE al tribunal, que pidió que la transferencia de Julio Ponce sea consignada en la Cuenta Única Fiscal de la Tesorería en el BancoEstado.
En su reclamo, la entidad también consignó que los intereses de una multa se devengan “desde el undécimo día de notificada la resolución de la Superintendencia que aplicó la sanción”, lo que ocurrió en septiembre de 2014. Es decir, cinco años más de intereses de lo que pagó el acusado.
Es por esto que ayer jueves, el 18 Juzgado Civil de Santiago resolvió esta polémica generada por la defensa del ex presidente de SQM y dictaminó un “no ha lugar” por improcedente.
“Atendido a lo resuelto precedentemente, hágase la devolución del monto consignado a la parte demandante mediante giro pertinente en su oportunidad”, ordenó la jueza titular del 18 Juzgado, Claudia Donoso, según recoge La Tercera.
Al respecto, Juan Peribonio, presidente del CDE, valoró la decisión tomada por el tribunal: “Se aceptaron los fundamentos de la impugnación efectuada por el Consejo respecto de la improcedencia del pago pretendido por el reclamante”.
Asimismo, afirmó que el Consejo insistirá en “todas las instancias que corresponda en que dicho cálculo se realice de forma correcta, esto es, a partir de 2014 y no desde 2019, como pretendía el reclamante”.