No estaba muerto: SII autorizó crédito por US$443 millones a Pascua Lama
El pasado 17 de septiembre, el Primer Tribunal Ambiental del país confirmó la clausura total y del emblemático proyecto minero Pascua Lama debido a que, la empresa dueña de Pascua-Lama, Barrick Gold, falló en la implementación de un conjunto de medidas de infraestructura como organizacional, al no ser capaces de cumplir estrictamente su licencia ambiental y en consecuencia no lograr proteger adecuadamente el medioambiente y la salud de las personas.
Tras la decisión del Tribunal Ambiental, la multinacional minera se estaría jugando sus últimas cartas para reactivar el polémico proyecto en la Corte Suprema.
Sin embrago, al margen de lo que ocurra en el máximo tribunal, un reportaje publicado por Ciper Chile, revela que Barrick Gold contaría con una carta bajo la manga que le significaría un cuantioso ingreso, incluso si se ratifica la clausura definitiva de su proyecto minero: un crédito fiscal de US$433 millones, autorizado por el director nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza.
De acuerdo a lo informado, el mecanismo legal para obtener el dinero se origina en los US$443 millones que el Fisco ha pagado a Barrick por el IVA de todas las inversiones que ha hecho para poner en marcha su proyecto. Ahora, la empresa debe devolver ese dinero al SII. Y una vez que lo haga, según autorizó el director de Impuestos Internos, se le abrirá un crédito por el mismo monto.
El problema, según lo relatado por funcionarios del SII a Ciper Chile, es que las inversiones que ha hecho Barrick tienen dos objetivos: exportar minerales y exportar energía. Y aunque la justicia está a punto de clausurar definitivamente su arista minera, el SII de todas maneras ha autorizado que reciba el crédito incluyendo los gastos que ha hecho en ese rubro. Basta que se convierta en “exportador puro” de energía (solo debe venderla al exterior del país), para que recupere todo el IVA asociado a las inversiones originales de su proyecto, tanto en minería como en energía.
En este sentido, funcionarios del SII explicaron que no corresponde beneficiar a una empresa con un crédito de este tipo si sus inversiones no se relacionan con el producto que va a exportar. En este caso, dicen, debieran considerarse por separado las inversiones hechas en minería y las de energía. En este momento, indican, si la Corte Suprema resuelve clausurar Pascua Lama, y solo se mantiene la de exportación de energía, se estarían “regalando” parte de esos US$443 millones, puesto que esa cifra incluye el IVA que se entregó anticipadamente a la empresa para financiar ambas actividades.