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DATO| Portabilidad Financiera: Conoce qué debes hacer para cambiarte de banco

Este martes 8 de septiembre comenzó a regir la Ley de Portabilidad Financiera, que permitirá a los usuarios de entidades bancarias, poder cambiarse, llevándose consigo sus productos y deudas. Acá te damos a conocer los alcances de esta normativa.
Por Cristian Neira 8 de septiembre de 2020 - 00:00

Este martes 8 de septiembre entró en vigencia la Ley de Portabilidad Financiera, normativa que facilitará a los consumidores cambiarse entre instituciones financieras que oferten mejores condiciones para sus productos y servicios.

La Ley de Portabilidad Financiera forma parte de las normas de protección de los derechos del consumidor financiero, por lo cual corresponde al SERNAC velar por su cumplimiento.

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¿En qué consiste la Portabilidad Financiera?

La Ley de Portabilidad Financiera facilita el traslado de un producto financiero, desde la empresa con la que actualmente tiene contratado un producto financiero, a otra que le ofrezca mejores condiciones. Esto es aplicable para, entre otros, las cuentas corrientes, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios, de consumo y automotrices.

¿Cuáles son sus beneficios?

¿Cuáles son los pasos a seguir con la Portabilidad Financiera?

La Portabilidad Financiera tiene dos modalidades: a) estándar, que es para cualquier producto financiero; y b) con subrogación, para los créditos con garantía real (sobre bienes) tales como préstamos hipotecarios o automotrices.

¿Cuáles son las entidades adscritas a esta ley?

¿Qué productos se pueden portar?

Todos los productos financieros serán objetos de portabilidad (los productos o servicios de inversión o ahorro no se entienden como “productos o servicios financieros” para estos efectos).

Se podrán cambiar de proveedor financiero las cuentas vista, cuentas corrientes, líneas de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo, créditos hipotecarios y créditos automotrices, entre otros.

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