La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a ley, para ser promulgado por el Ejecutivo, el proyecto que facilita el teletrabajo para mujeres embarazadas, en caso de existir una alerta sanitaria.
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La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a ley, para ser promulgado por el Ejecutivo, el proyecto que facilita el teletrabajo para mujeres embarazadas, en caso de existir una alerta sanitaria.
La iniciativa establece como deber del empleador ofrecer a la trabajadora embarazada la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, sin reducción de remuneraciones.
Lo anterior, cuando la autoridad declare estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, con ocasión de una epidemia o pandemia, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitieren y la trabajadora consienta en ello.
La reasignación de funciones debe hacerse en acuerdo y sin reducir sus remuneraciones, destinando a la trabajadora a “labores que no requieran contacto con público o con terceros que no desempeñen funciones en el lugar de trabajo, siempre que ello sea posible" y no implique su menoscabo.
Asimismo, garantiza que el profesional autorizado podrá emitir las licencias médicas por enfermedad grave del niño o niña menor de un año en forma simultánea, de manera excepcional, si estima que el reposo se encuentra médicamente justificado.
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez o las Instituciones de Salud Previsional no podrán rechazar las licencias por haberse emitido o tramitadas simultánea, conjunta o separadamente con anterioridad a la fecha de inicio de cada uno de los reposos. O en su caso, por haberse presentado fuera de los plazos reglamentarios por parte del trabajador o empleador, según corresponda.
Por último, la iniciativa precisa que las trabajadoras que se encuentren con fuero maternal y cuyo término ocurra durante la vigencia del Estado de Excepción o en el tiempo que este fuese prorrogado, tendrán derecho a una extensión de dicho fuero hasta su término.