Corte Suprema confirma fallo que desconoce vulneraciones contra la defensora mapuche Onésima Riquelme

Corte Suprema confirma fallo que desconoce vulneraciones contra la defensora mapuche Onésima Riquelme

Por: El Desconcierto | 25.07.2019
El máximo tribunal de justicia del país confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, estimando que no se lograba desprender de los hechos denunciados por la defensora mapuche alguna vulneración a su libertad o seguridad personal.

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó el recurso de amparo en favor de la defensora de derechos humanos mapuche Onésima Riquelme Lienqueo por vulneración a su seguridad personal y hostigamientos policiales.

A fines de junio pasado, la profesora intercultural denunció una serie de hostigamientos de los cuales estaba siendo víctima, en particular, después de haber presentado su testimonio en la Comisión Investigadora Especial de la Cámara de Diputados, creada tras el homicidio de Camilo Catrillanca.

En ese momento, la también vocera de la Red por la Defensa de la Infancia Mapuche, encontró abierta la puerta principal de su casa y de la cocina. Pero, también, ha denunciado haber recibido amenazas de desconocidos que se han acercado a su hogar, lo que ha interpretado como seguimiento por su activismo.

El Centro de Investigación y Defensa SUR (Cidsur) presentó un recurso para relevar la gravedad de los hechos, al que también adhirió el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Temuco, representado por el abogado Marcos Rabanal.

Sin embargo, el tribunal de alzada estimó que no se desprendía alguna violación a los derechos de libertad individual o seguridad personal de la denunciante. Revisa el fallo completo aquí: Fallo Corte de Apelaciones de Temuco.

Ese mismo fallo fue confirmado, el 18 de julio pasado, por el máximo tribunal de justicia del país. En la resolución de los ministros de la Segunda Sala de la Corte,  afirman que, pese a esta resolución, estuvieron por "recomendar a Carabineros de Chile que, en el ejercicio de sus legítimas y necesarias funciones preventivas y de contacto y ayuda directa a la comunidad, cuiden de estacionar el vehículo policial precisamente frente al domicilio de la amparada y su familia”.

Revisa el fallo completo aquí: Confirma Sentencia de la Corte Suprema