Presidencia no me deja ver sus tweets: ¿Pueden las instituciones del Estado bloquearte en redes sociales?

Presidencia no me deja ver sus tweets: ¿Pueden las instituciones del Estado bloquearte en redes sociales?

Por: El Desconcierto | 26.03.2018
El abogado Cristian Román sostiene que esta práctica violentaría "el principio de participación ciudadana en la gestión pública" o que no respetaría "la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio".

La popular cuenta de Twitter "El Censelio" denunció este viernes que la cuenta "Prensa Presidencia de Chile" lo bloqueó en la misma red social. Tras este hecho, el tuitero -conocido por hacer diariamente una exhaustiva revisión de prensa- declaró que se sentía como "los bloqueados por Trump" y que "ojalá no me hagan desaparecer la cuenta".

Es cierto que Twitter dispone de la opción de bloquear a usuarios para que estos no puedan ver ni interactuar con tus contenidos, pero a partir de esto se abre la interrogante sobre si los organismos del Estado pueden o no ejercer esta acción sobre cuentas de personas naturales y/o ciudadanos.

Por su parte, el abogado de la Universidad de Chile, Cristian Román cree que esta forma de bloqueo no es correcta y esboza cuatro razones para oponerse a esta obstrucción estatal en redes sociales.

https://twitter.com/siquieresmelees/status/977542085627777025

El primer argumento del profesional apunta a que bloquear usuarios, aunque esto parezca justificado, "violentaría, al menos en forma parcial, los principios de publicidad y transparencia, ya que los usuarios bloqueados no podrían visualizar los tweets publicados en esa cuenta Twitter de la Administración".

Sobre lo mismo, comenta que estas acciones violentarían "el principio de participación ciudadana en la gestión pública", ya que los usuarios no tendrían la posibilidad de "ejercer su derecho a comunicarse con ella, en forma análoga -aunque en el plano virtual- al derecho constitucional de petición, a una audiencia pública o a una Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias".

Por otra parte, el leguleyo menciona que se "se infringiría el principio de igualdad ante la ley, ya que la Administración distinguiría entre usuarios bloqueados y no bloqueados, sin que exista, a mi juicio, causal alguna que excluya la arbitrariedad que ello, en sí mismo, importa".

La columna de Román comenta que este hecho no respetaría "la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio". Es decir, bloquear usuarios implicaría privar a las personas "de su derecho constitucional a expresar libremente sus opiniones en cualquier forma y por cualquier medio".

Si bien la polémica entre "El Censelio" y "Prensa Presidencia de Chile" fue aclarada al conocerse que se había hecho una migración desde la cuenta de la campaña de Piñera, los argumentos sobre por qué no es correcto bloquear ciudadanos quedaron esgrimidos en la red.