Aprueban legislar norma que busca agilizar expulsión de migrantes en situación irregular
Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó en general un proyecto que modifica la Ley de Migraciones y Extranjería, y que permitiría entregar formas alternativas para notificar el inicio de un proceso de expulsión.
La norma tendría tres ejes prioritarios: en primera instancia, la persona extranjera que ingrese al país deberá ser apercibido por un funcionario público, con el fin de entregarle su domicilio o, de no ser posible, un medio electrónico para hacer efectiva la notificación de expulsión.
En esa línea, la iniciativa también busca regular el ingreso de migrantes por pasos no habilitados al territorio nacional, los que tras ser controlados, detenidos o realizar una autodenuncia, serán notificados personalmente por un funcionario público del inicio de un proceso de expulsión.
Como tercer lineamiento, busca regular aquellos casos en que la persona ya se encuentre o permanezca dentro del territorio nacional. En dicho caso, la expulsión se notificará por carta certificada dirigida al último domicilio registrado en el Servicio de Migración o en la Policía de Investigaciones.
El proyecto, que volverá a la Comisión de Gobierno Interior para resolver el texto específico que tendrá la iniciativa y que luego se someterá a consideración de la Sala, fue bien recibido por los parlamentarios por tratarse de una medida que modernizará el mecanismo de notificación.
Aunque también se instalaron ciertas dudas, cuestionando si la norma sería efectiva en la práctica. Lo anterior, por la situación irregular en la que viven muchos migrantes, los que podrían no tener un domicilio e incluso vivir en carpas en espacios públicos.
Por ello, los parlamentarios plantearon avanzar en la expulsión inmediata y evitar más trámites burocráticos, de acuerdo al Diario Constitucional. Mientras que desde el Gobierno, sugirieron crear una policía fronteriza y que la cancillería fomente un acercamiento en la región americana para abordar el fenómeno migratorio y la crisis humanitaria que lo genera.
Los otros alcances de la propuesta
El mismo concepto se especifica en la norma que regula la forma de disponer la medida de expulsión.
Junto a lo anterior, se indica que, en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá practicada al tercer día. Se contará desde la fecha de recepción de la carta en la oficina de correos que corresponda. En el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá efectuada al tercer día desde la fecha de su envío.
Finalmente, se indica el caso en que no sea posible practicar la notificación por no ser habida la persona en dos días continuos y en horarios distintos. Allí, el funcionario procederá a certificar tal circunstancia en el expediente. Además, practicará la notificación por carta certificada y por correo electrónico, cuando corresponda.