Durante meses, una familia en Chillán Viejo vivió con la incertidumbre de no poder entrar ni salir libremente de su casa. La situación llegó a la Corte de Apelaciones de Chillán, luego de que un vecino bloqueara reiteradamente el único acceso al inmueble, generando un riesgo mayor por la presencia de una adulta mayor con graves problemas de salud.
Bloqueó acceso a casa de mujer de 83 años con infarto cerebral para usarlo como estacionamiento: Corte ordena despeje
Corte de Apelaciones de Chillán ordenó a vecino dejar de bloquear acceso a vivienda tras riesgo para adulta mayor.
El conflicto se originó en una servidumbre de tránsito común que sirve como único ingreso y salida para la vivienda.
Según se expuso en el recurso, el vecino estacionaba de forma habitual su vehículo en ese espacio, impidiendo tanto el paso de personas como de vehículos, lo que obligaba a la familia a depender de su autorización para movilizarse.
La situación era especialmente delicada debido a que en el domicilio vive una mujer de 83 años con un diagnóstico de infarto cerebral, estenosis intracraneana y epilepsia vascular, lo que requiere atención médica constante.
La imposibilidad de acceder o salir con rapidez fue considerada un riesgo concreto ante eventuales emergencias.
El caso fue respaldado con diversos antecedentes, entre ellos una certificación notarial que constató directamente el bloqueo del acceso, además de documentos que acreditaban tanto la propiedad del inmueble como la existencia formal de la servidumbre de tránsito.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
El recurrido no presentó defensa ante el tribunal, por lo que la Corte resolvió con los antecedentes disponibles. En su análisis, concluyó que la conducta denunciada constituía una “vía de hecho”, es decir, una actuación realizada por mera voluntad, sin respaldo legal, afectando derechos fundamentales.
El fallo sostuvo que el bloqueo del paso no solo afecta el uso normal de la propiedad, sino que también puede comprometer la integridad física de quienes viven en el lugar.
En ese sentido, se estableció que el actuar del vecino era ilegal y arbitrario, al impedir de forma unilateral el acceso a un espacio destinado al tránsito común.
Además, el tribunal advirtió que esta situación no era solo una molestia, sino una amenaza real para la salud de la adulta mayor residente, considerando sus condiciones médicas y la necesidad de atención oportuna.
Por ello, la Corte acogió el recurso de protección y ordenó al vecino abstenerse de obstruir la servidumbre de tránsito, estableciendo que esta medida es suficiente para restablecer el derecho afectado y evitar nuevos episodios similares.