La historia de la niña sin vacunas desde 2022 por temor de sus padres: Corte ordena inmunizarla tras acción judicial municipal
La historia comenzó en agosto de este año, cuando el equipo del Programa Nacional de Inmunizaciones del Cesfam Angelmó informó que una apoderada había rechazado dos vacunas obligatorias para su hija: la dosis contra el virus del papiloma humano (VPH) nonavalente y la vacuna contra la influenza.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el aviso se produjo en medio de la campaña de vacunación escolar que coordina el Departamento de Salud Municipal de Puerto Montt, donde se detectó que la menor no recibía ninguna inmunización desde octubre de 2022.
Según relató el personal de salud, la madre argumentó que su hija era alérgica, pero no presentó certificados médicos ni gestiones ante la autoridad sanitaria que permitieran justificar una exención.
Ante esta situación, la Municipalidad de Puerto Montt decidió acudir a tribunales y presentó un recurso de protección para asegurar la continuidad del esquema obligatorio de inmunizaciones.
El caso llegó a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, integrada en este fallo por la abogada integrante María Paz Olavarría Pérez.
Allí, los jueces revisaron los antecedentes y escucharon el informe de los padres, quienes señalaron que la menor tuvo malestares tras una vacunación previa y que temían consecuencias graves.
Sin embargo, el tribunal advirtió que no acompañaron ningún documento médico que acreditara riesgos reales, ni un informe validado por la autoridad sanitaria competente.
La Corte recordó que el Decreto Exento N°50 del Ministerio de Salud establece que la vacunación contra enfermedades inmunoprevenibles es obligatoria, y que el Código Sanitario solo permite eximirse mediante un certificado médico visado.
También destacó el artículo 38 de la Ley 21.430, que obliga a los adultos responsables a asegurar que niños y adolescentes reciban sus vacunas oportunamente.
En una de sus conclusiones más claras, la Corte afirmó que la negativa carecía de sustento y que “al privar a la niña de la inmunidad que aporta el plan de vacunación obligatorio, se actúa en contra de su interés superior”.
Añadió que, sin inmunización, no solo queda expuesta a contagios, sino que también puede convertirse en un vector que afecte a quienes no pueden vacunarse.
Finalmente, el tribunal acogió el recurso y ordenó aplicar todas las vacunas obligatorias correspondientes a su edad una vez que el fallo quede ejecutoriado, siguiendo las indicaciones del organismo de salud competente.