Bombero fue expulsado sin saber qué hizo ni qué pruebas había: Corte anula la sanción por falta de fundamentación
La controversia comenzó cuando un voluntario del Cuerpo de Bomberos de Machalí fue expulsado de la institución tras ser acusado de insubordinación.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la sanción se mantuvo como decisión interna del organismo, pero el afectado llevó el caso a la justicia al considerar que su expulsión no tenía justificación suficiente y que vulneraba sus derechos.
Fue así como presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Rancagua, que debió revisar los antecedentes del proceso disciplinario y la manera en que se adoptó la medida.
Durante la revisión, el tribunal constató que la resolución que dispuso la expulsión no explicaba qué hechos concretos se le atribuían al voluntario ni cómo se había llegado a la conclusión de que debía aplicarse la máxima sanción reglamentaria.
Tampoco aparecía detallado qué pruebas se habían analizado, si el afectado había presentado descargos, ni de qué manera el Consejo de Disciplina valoró cada antecedente. Esa falta de información se transformó en el punto central del conflicto judicial.
En un fallo unánime, la Corte concluyó que el Cuerpo de Bomberos actuó de forma arbitraria e ilegal, pues adoptó una decisión grave sin entregar siquiera la fundamentación mínima necesaria.
El tribunal subrayó que toda entidad que aplica una sanción tiene la obligación de explicarla claramente a quien resulta afectado, de modo que pueda comprender qué hechos se tuvieron por acreditados y por qué fueron considerados suficientes para una medida tan severa.
La Corte también descartó el argumento de la institución, que había señalado que no podía exigirse a los integrantes del Consejo de Disciplina el mismo nivel de fundamentación que a un tribunal debido a que no son abogados.
El fallo precisó que cualquier órgano disciplinario está obligado a dar razones claras y comprensibles, y que la ausencia de fundamentación resta validez a la decisión adoptada.
El tribunal agregó que la exigencia de motivar actos sancionatorios deriva del principio de juridicidad, y que sin esa explicación no existe un procedimiento válido.
Recalcó que las sanciones deben basarse en hechos establecidos y razones explicitadas, algo que no ocurrió en este caso.
Con esos fundamentos, la Corte de Apelaciones decidió acoger el recurso y dejar sin efecto la expulsión, ordenando que la sanción reglamentaria aplicada quede sin vigencia.