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Vecinos denunciaron ruidos y luces que perturbaban su descanso: Corte ordena cesar molestias en la propiedad
Agencia Uno

Vecinos denunciaron ruidos y luces que perturbaban su descanso: Corte ordena cesar molestias en la propiedad

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 21.11.2025
La Corte de Apelaciones de Talca ordenó a un residente de Maule abstenerse de emitir ruidos y luces que perturben el descanso de sus vecinos, tras constatar fiestas con música e iluminación excesiva. El tribunal rechazó prohibir actividades y limitó el fallo a ruidos molestos.

Desde fines de 2024, vecinos de un loteo en la comuna de Maule, comenzaron a denunciar que en una de las parcelas se realizaban celebraciones nocturnas con música fuerte, luces intensas y un flujo constante de visitantes externos.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el Presidente del Comité de Desarrollo Vecinal presentó un recurso de protección afirmando que el dueño del predio arrendaba su casa para eventos masivos sin permisos municipales ni sanitarios, lo que generaba ruidos, congestión vehicular y riesgos para el sector.

Sostuvo además que el ingreso libre de desconocidos afectaba la seguridad y el descanso de las familias del loteo.

El propietario negó todas las imputaciones señalando que solo realiza reuniones privadas con amigos y que las autoridades nunca han constatado un “centro de eventos”.

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Afirmó que los reclamos responden a un conflicto vecinal y que Carabineros y funcionarios municipales verificaron que no existían ruidos excesivos ni actividades comerciales.

La Municipalidad de Maule informó, sin embargo, que el inmueble mantiene construcciones sin permiso ni recepción municipal, situación denunciada al Juzgado de Policía Local, aunque sin evidencia de actividad comercial ni patente para operar eventos.

Durante el proceso se incorporaron videos grabados la madrugada del 27 de julio, donde se aprecian música a alto volumen, gritos y luces potentes emitidas desde la propiedad.

Tras la vista de la causa, la Corte solicitó antecedentes al Juzgado de Policía Local, el cual confirmó una denuncia pendiente solo respecto de infracciones urbanísticas.

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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Talca concluyó que no se acreditó la existencia de un centro de eventos ni el uso indebido de la servidumbre, pero sí quedó demostrada la emisión de ruidos y luces que perturbaban el descanso de los vecinos.

El tribunal sostuvo que estas celebraciones habían afectado el libre desenvolvimiento de la vida privada y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación acústica.

Por ello, la Corte acogió parcialmente el recurso y ordenó al propietario abstenerse de superar los niveles de ruido permitidos o utilizar iluminación que afecte el descanso de las casas vecinas.

No prohibió sus reuniones ni impuso sanciones adicionales, al no existir procedimientos administrativos o judiciales que acreditaran otras infracciones.

Además, instruyó a la Municipalidad de Maule realizar fiscalizaciones aleatorias en fines de semana y vísperas de festivos para evitar nuevas perturbaciones.

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